filtración de mensajes

El magistrado Joaquim Bosch afirma que no es un delito la publicación de los mensajes entre Sánchez y Ábalos: "El periodista no tiene el deber de guardar un secreto"

El experto explica en qué casos un medio o periodista puede publicar una conversación privada sin consecuencias legales y señala la diferencia con la responsabilidad que sí tienen un magistrado o un agente de policía.

El magistrado Joaquim Bosch afirma que no es un delito la publicación de los mensajes entre Sánchez y Ábalos: "El periodista no tiene el deber de guardar un secreto"

Tras la publicación en 'El Mundo' de los mensajes de WhatsApp entre Pedro Sánchez y José Luis Ábalos, fechados entre 2020 y 2021, se ha abierto el debate sobre las posibles consecuencias legales de que estas conversaciones salgan a la luz.

El magistrado Joaquim Bosch ha aclarado este asunto en Al Rojo Vivo. "La jurisprudencia ha señalado de forma reiterada que la difusión de este tipo de mensajes por parte de un medio de comunicación está amparada por la libertad de información y no vulnera el ordenamiento jurídico, siempre que tengan un contenido de interés general, afecten a personas de relevancia pública y, por supuesto, los datos no hayan sido obtenidos de forma delictiva", ha explicado.

Para dejarlo claro en este caso concreto, Bosch ha señalado: "Estamos ante contenido de interés general porque afecta a dinámicas internas de los partidos políticos, y la relevancia pública de Sánchez y Ábalos es clara".

Eso sí, ha precisado que esto no significa que en estas situaciones se sacrifique el derecho a la intimidad de cualquiera. "El motivo por el que prevalece la libertad de información sobre la intimidad es que se trata de cuestiones de interés general. Lo que no se podría publicar serían datos de carácter puramente privado, familiar o que no tengan ningún interés público", ha matizado.

Por otro lado, ha recordado que una cosa es que el medio esté amparado y otra, distinta, es cómo se han filtrado esos mensajes. "Si esos datos se han difundido desde un ámbito policial o judicial, esa conducta sí podría ser delictiva, porque ahí sí existe un deber legal de mantener en secreto una materia reservada", ha advertido.

Lo que concluye Bosch es que el periodista está plenamente amparado por la libertad de información, mientras que quienes sí tienen la obligación legal de guardar secreto son los agentes de policía, magistrados o fiscales. "El periodista no tiene el deber de guardar secreto. Cuenta con la protección de la libertad de información, que se completa con el derecho de la ciudadanía a recibir información veraz y el ejercicio profesional de obtenerla", ha subrayado.