Un plus de ocho euros

Pagar por traer un invitado y avisar con una semana de antelación: el surrealista contrato de alquiler de una habitación en Logroño

Los detalles Elisabeth, una inquilina que comparte piso con otras cuatro personas en la capital riojana, debe pagar ocho euros para poder invitar a una persona a pasar la noche en su habitación.

Condiciones de un contrato de alquiler en Logroño
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El mercado de la vivienda está en un punto crítico con falta de oferta, alquileres desmedidos y pequeños habitáculos ofrecidos a precios de oro. Y, entre todo eso, también destacan cláusulas absolutamente surrealistas como la que tiene en su contrato de alquiler Elisabeth.

Ella comparte piso con otras cuatro personas en Logroño. Un piso que ya es de por sí poco usual: "El espacio que sería el salón ahora realmente es una habitación". Pero lejos de quedarse ahí el asunto, Elisabeth tiene unas sorprendentes cláusulas en su contrato.

"Tengo que pagar un plus, que en este caso son ocho euros extra porque una persona pernocte", desvela. Y así lo pone en el contrato: "El invitado abonará 8€ por noche cuando pernocte dos días continuados". Además, el documento también recoge que "se pueden recibir visitas de familiares o amigos pero las mismas tendrán que finalizar a las once" o que "el inquilino tendrá que solicitar el consentimiento con al menos siete días de antelación".

"Tú ya tienes que tener tu vida súper planificada y saber una semana antes que alguien se va a quedar a dormir. Si no, no puede quedarse", lamenta Elisabeth.

Ahora bien, los expertos avisan que ninguna de estas condiciones es legal. "Ninguna cláusula de un contrato de alquiler, aunque sea de habitación, está por encima del artículo 18 de la constitución, que dice que tenemos derecho a la intimidad en nuestro hogar", explica Víctor Palomo, abogado del Sindicato de Inquilinos.

La gestión del piso está en manos de una inmobiliaria. Por su parte, la patronal del sector, a preguntas de laSexta, defiende que los contratos por habitaciones se pactan entre las partes, pero aún así no vale cualquier cosa. "Los inquilinos tienen que saber que este tipo de cláusulas no tienen efectividad legal, o sea, delante de un juez no le van a dar la razón al arrendador", añade Palomo.