Mensajes en Facebook

El juez del caso de Juana Rivas, al banquillo por sus comentarios racistas y xenófobos

Los detalles
El magistrado jubilado Manuel Piñar se enfrenta a una petición de 18 meses de cárcel por comentarios racistas en Facebook desde 2022, con Aránguez Abogados en la acusación.

EFEJuana Rivas antes de una de sus comparecencias ante el juzgado de lo Penal 1 de GranadaAgencia EFE

El Juzgado de Instrucción número 8 de Granada ha ordenado la apertura de juicio oral contra el magistrado Manuel Piñar Díaz —el mismo que condenó a Juana Rivas— por la difusión de mensajes de odio en su perfil de Facebook desde el año 2022.

El procedimiento, impulsado por el abogado Carlos Aránguez, sitúa al juez ya jubilado en una posición comprometida, al cuestionar su imparcialidad e idoneidad en el ejercicio de funciones judiciales de alto impacto. La acusación solicita una pena de 18 meses de prisión, multa económica e inhabilitación especial.

Según la querella, entre enero y agosto de 2022 Piñar publicó en sus redes sociales diversos mensajes con contenido abiertamente racista y xenófobo. Entre ellos, frases como "Un moro, ilegal, ocupa y matando gente. Somos tolerantes", junto con otras afirmaciones ofensivas dirigidas a ciudadanos extranjeros —especialmente musulmanes y chinos— a quienes responsabiliza de pandemias o prácticas supuestamente bárbaras con animales salvajes.

También apuntó contra las feministas, a las que una y otra vez llamó "feminazis". Entre otras declaraciones polémicas, se refirió a los políticos como "cerdos ladrones", y no escatimó críticas hacia sus propios colegas de la judicatura, afirmando estar "harto de iluminados y gilipollas" y llegando a calificar al Tribunal Supremo como "la principal basura de la Justicia".

Durante años, Piñar fue titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Granada y se hizo conocido a nivel nacional por su participación en casos mediáticos como el de Juana Rivas. Sin embargo, nunca desmintió categóricamente la autoría de los mensajes, ni ejerció su derecho de rectificación tras la repercusión mediática de los mismos, lo que, según la acusación, refuerza la sospecha sobre su responsabilidad directa.

El equipo jurídico de Aránguez Abogados sostiene que el conjunto de publicaciones constituye un delito continuado de odio, recogido en el artículo 510.2.a del Código Penal. Por ello, solicitan además la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena.

El caso ha reabierto el debate sobre los límites de la libertad de expresión, la responsabilidad ética de quienes han ejercido cargos públicos y el decoro exigible a figuras con proyección institucional.

Entre las pruebas aportadas figuran testimonios de seguidores del magistrado en redes sociales, actas notariales que documentan la persistencia de las publicaciones, y grabaciones en las que Piñar evita rechazar explícitamente su autoría.

Entre los antecedentes del magistrado, destaca una sanción impuesta por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que lo multó con 1.500 euros por una infracción grave, tras haber revelado a un medio de comunicación datos sensibles sobre uno de los hijos menores de Juana Rivas.