José Bretón ha sido condenado a 40 años de prisión por el asesinato de sus dos hijos, Ruth y José, de 6 y 2 años, respectivamente, el 8 de octubre de 2011 en Córdoba.

En la sentencia, el juez Pedro Vela considera que, de acuerdo con el veredicto de culpabilidad del jurado, condena a José Bretón como autor de dos delitos de asesinato, con la concurrencia en ambos de la circunstancia agravante de parentesco, a las penas, por cada asesinato, de veinte años de prisión.

Además, una vez firme la sentencia, el juez ha pedido que se libre un exhorto al Registro Civil de Córdoba, ordenando la inscripción de la defunción de Ruth y José Bretón Ortiz el 8 de octubre de 2011 y que se entregue a Ruth Ortiz Ramos los restos de dichos menores custodiados en este tribunal para su inhumación.

En cuanto a la responsabilidad civil derivada del delito de simulación de delito, Bretón deberá indemnizar al Ministerio del Interior con 137.335 euros y al Ayuntamiento de Córdoba con 22.567 euros, mientras que no procede hacer pronunciamiento indemnizatorio a favor de la empresa "Cóndor Georradar" al haber renunciado a ella.

Por otro lado, debido a la "absoluta falta de arrepentimiento" de Bretón, el juez accede a la petición del Ministerio Fiscal, y dado que la pena de prisión impuesta es superior a cinco años, respecto a que la clasificación del acusado en tercer grado de tratamiento penitenciario no se efectúe hasta el cumplimiento de la mitad de la pena impuesta.

Asimismo, el juez ha impuesto al condenado la prohibición de acercamiento a Ruth Ortiz, a la abuela y al tío de los niños, en un radio de un kilómetro, así como la prohibición de comunicación con ellos por cualquier medio, durante cuarenta y dos años.

Para la defensa, José Bretón es inocente y debía ser absuelto, mientras que la fiscal y la acusación particular pedían esta pena de 40 años de prisión, por presuntamente haber asesinado en octubre de 2011 a sus dos hijos, Ruth y José, y haber denunciado falsamente su desaparición.

Finalmente, el juez indica que ante la sentencia cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA), en el plazo de diez días.