En el auto, el juez Jesús de Jesús Sánchez acuerda "declarar concluso este sumario sin procesamiento", que remitirá a la Audiencia de Madrid para que se pronuncie sobre si archiva este procedimiento, como previsiblemente sucederá.
Se refiere a la pieza separada denominada "homicidio y lesiones" para la investigación de la muerte del seguidor de los Riazor Blues y de las lesiones sufridas por el otro hincha del Deportivo que fue lanzado al río Manzanares, Santiago A., y no a la pieza principal de la riña tumultaria donde hay más de 100 procesados.
El juez explica que "los únicos elementos incriminatorios obtenidos tras casi cuatro años de investigación son dos". Se trata del testimonio del que fuera testigo protegido en el procedimiento de menores e imputado en este causa y los atestados basados en un vídeo de baja calidad, que recoge la multitudinaria pelea del 30 de noviembre de 2014 en las inmediaciones del estadio Vicente Calderón, mediante el cual la Policía se sirvió para identificar a unos ultras como los autores materiales, que luego se demostró que no lo eran.
El magistrado explica que el testimonio del coimputado no puede ser tenido como prueba de cargo ya que no presta sus declaraciones bajo juramento y puede con su declaración buscar una exculpación.
"Considero que no es fiable, ni creíble, ni digna de la precisa credibilidad la versión de los hechos del citado coinvestigado", que identificó a cinco ultras del Frente Atlético como autores materiales de la muerte, por lo que "no sirve de manera evidente a los efectos de sustentar el procesamiento de persona alguna".
Al respecto, califica de "incontestable" la sentencia de la Audiencia de Madrid que desechó su testimonio cuando declaró en el juicio que se siguió en Menores y recuerda que esta persona se acogió a su derecho a no declarar cuando paso a disposición judicial tras ser detenido en la reyerta del Vicente Calderón.
"Llama poderosamente la atención que entonces no manifestara absolutamente nada acerca de quienes habían participado" en la muerte Jimmy, señala el juez.
Pero "llama aun más la atención" que exprese que se puso en contacto con la Policía, ocho meses después de la reyerta, tras la excarcelación de los cuatro ultras acusados de la muerte pues al enterarse sintió que "se había cometido una injusticia" cuando dos de ellos eran, según manifestó, autores materiales de la muerte.
Ello, agrega el magistrado, es "cuestionable" pues no se compadece con el hecho de que "no le produjera rechazo ni repulsión alguna" que los otros dos encarcelados hubieran pasado meses en prisión sabiendo que no eran culpables.
Además, destaca que no puede descartase que su confesión no tenga relación con otra pelea en mayo de 2015 en Alcobendas -en la que también estaba involucrado su hermano- en los días previos a su "extraña" entrada en la causa, y cuestiona el papel de la Brigada de Información que le tomó dos entrevistas no oficiales en una cafetería antes de su declaración oficial.
Respecto del vídeo, afirma que se encontró "un punto débil muy relevante" y es que "no es posible efectuar un estudio fisonómico de las personas que aparecen dada su baja resolución", para lo cual se exige que tenga un mínimo de treinta píxeles, cuando las imágenes de la grabación tienen cuatro.
Y carga contra la Brigada de Información por llegar a señalar a los autores sin ningún genero de dudas cuando "es una unidad que no está en absoluto especializada en la identidad fisonómica de las personas".