La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha pedido desestimar la demanda presentada por LALIGA contra el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), por impedirle personarse en el expediente sancionador incoado contra su presidente, Javier Tebas.
Una decisión que ha tomado la Audiencia Nacional al considerar que no ha vulnerado el derecho fundamental de la LALIGA a la tutela judicial efectiva por indefensión, pues la resolución impugnada no impide ni ha impedido el acceso a la jurisdicción; así como tampoco su derecho a la utilización de medios de prueba pertinentes para su defensa, habida cuenta que no es definitiva sino de trámite y sin efectivo contenido sancionador.
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La asociación Liga Nacional de Fútbol Profesional (LALIGA) interpuso recurso contencioso administrativo, impugnado la resolución de 13 de agosto de 2024 dictada por el instructor del expediente sancionador nº 69/2024 del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), por la que se le deniega la personación en el mencionado procedimiento, incoado contra el presidente de esta, por una presunta infracción muy grave del articulo 76.2.a) de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte (en adelante LD), como consecuencia de la convocatoria de la Asamblea General Extraordinaria de la Liga de 12 de agosto de 2021. El procedimiento se tramita por el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo nº 2, Procedimiento Derechos Fundamentales 3/2024.
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