Una aseguradora ha sido condenada a indemnizar a una pizzería de Girona por las pérdidas sufridas durante el confinamiento, según ha podido saber 'Confilegal'.
El 13 de febrero de 2020 la dueña de la pizzería contrató una póliza con una aseguradora y una de las condiciones estipulaba una indemnización de 200 euros al día por un periodo de 30 días en caso de paralización de la actividad.
Una situación muy improbable antes de la pandemia, pero que se tornó posible a mitades de marzo. La pizzería estuvo obligada, como toda la hostelería en España, a cerrar más de un mes en el primer confinamiento, por lo que su dueña exigió la indemnización por cierre de actividad.
Ahora, la justicia ha determinado mediante una sentencia firme que la hostelera tiene razón, y la aseguradora tendrá que pagarle 6.000 euros. No cabe recurso.
Pero, ¿significa esto que a partir de ahora habrá una cascada de resoluciones similares en España por las pérdidas económicas derivadas de los confinamientos?
Lo cierto es que la propia sentencia lanza una advertencia a las aseguradoras para que revisen cada palabra de los contratos de sus pólizas. Si estos contratos cubren pérdidas por "paralización de la actividad económica", las aseguradoras estarán obligadas a cumplirlo.
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