La Audiencia de Barcelona ha ratificado los seis meses de cárcel que un juzgado de lo penal de Barcelona impuso a dos hombres que insultaron y agredieron a dos mujeres lesbianas porque éstas se besaban en público en una cafetería.

La sentencia, que ha hecho pública la 'Cadena SER' y que es recurrible al Tribunal Supremo, considera "evidente" que se trató de "un delito de odio por prejuicios de género".

Los hechos ocurrieron en octubre 2016 en una cafetería de Barcelona cuando los dos hombres recriminaron a las dos mujeres porque se estaban besando, les enseñaron los testículos y uno de ellos también pegó un puñetazo a una de las dos víctimas, lo que para los jueces constituye un delito de odio y otro más de lesiones.

Según la 'Cadena Ser', los jueces de la Audiencia de Barcelona consideran que es "evidente" que se trata de "un delito de odio por prejuicios de género" y avalan el relato "firme, serio y sin contradicciones" de una de las víctimas, cuyo "arrojo y determinación" permitió identificar y detener a sus agresores porque salió corriendo detrás de ellos y consiguió retenerle hasta que llegó la Policía.

La sentencia confirma los seis meses de prisión que un juzgado de lo penal de la capital catalana impuso a los dos acusados, que ya tenían antecedentes, por un delito de odio del artículo 510.2 del Código Penal, además de una indemnización de 400 euros para una de las víctimas.

En el relato de hechos probados la sentencia establece que los dos condenados actuaron "guiados con su animadversión a su orientación sexual y con el fin de mofarse de ellas y humillarlas". Ellos "obraron movidos por la intención de discriminarlas y por tal motivo las sometieron a un trato humillante y vejatorio que lesionó su dignidad", según la sentencia.