El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado el recurso presentado por Vox contra la Ley de Educación o Ley Celáa, tal y como recoge una nueva ponencia. Entre otras cuestiones, el tribunal de garantías ha avalado retirar fondos públicos a los colegios privados si separan por sexo. La sentencia dice que la Constitución deriva "un modelo educativo pluralista", pero no que "todos los modelos educativos hayan de recibir ayudas", ni "un derecho subjetivo a la prestación pública".

Para el tribunal, este precepto no solo no es inconstitucional, sino todo lo contrario: "La diferencia de trato entre los centros educativos que separen al alumnado por razón de su género, a efectos de poder ser financiados total o parcialmente por fondos públicos, responde a una concepción ideológica del sistema educativo que, no solo no puede ser tachada de arbitraria, sino que, además, está inspirada en valores constitucionales".

La sentencia cuenta con los votos particulares de los cuatro magistrados conservadores: Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa, que defienden la inconstitucionalidad de determinados aspectos de la ley. Estos creen que la prohibición de las ayudas públicas a los colegios que separan por sexos ataca el pluralismo educativo, simplemente, porque al legislador no le parece conveniente para este modelo, lo que quebranta el derecho de las minorías

"Ideología de género"

Sobre la denuncia de Vox de que la norma incorpora la "ideología de género" como "ideología estatal en la que forzosamente pretende adoctrinar a los alumnos", el TC recuerda que, conforme el artículo 27.2 de la Constitución, la educación "no es mera transmisión de conocimientos, es también formación humana".

Además, aclara que la "perspectiva de género" a la que se refieren los de Santiago Abascal se menciona en la Ley Celáa como principio pedagógico dirigido a las Administraciones y centros educativos, "no a los alumnos a quienes el legislador no impone, por tanto, ninguna perspectiva o adhesión ideológica".