La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco ha dictado una segunda sentencia, que se une a la que da respuesta a la demanda presentada por el sindicato ErNE, en la que insta, de nuevo, al Departamento vasco de Seguridad a suministrar a todos los efectivos de la Ertzaintza los medios de protección necesarios para hacer frente a la pandemia de coronavirus, consistentes en mascarillas del tipo FPP2, FPP3, gafas, guantes desechables, buzos Type 5 B o Type 6B y contenedores de residuos infecciosos.

En una resolución, con fecha 3 de junio de 2020, la Sala de lo Social del TSJPV ha estimado parcialmente una demanda planteada por el sindicato ErNE y condena al Gobierno Vasco por "vulnerar el derecho a la integridad física" de los agentes de la Ertzaintza al haber "omitido total o parcialmente las medidas de protección laboral" que le eran "exigibles" con motivo de la pandemia generada por el Covid-19.

En otra sentencia similar, con misma fecha, el tribunal superior vasco estima también en parte la demanda presentada por el sindicato Esan contra la Consejería de Seguridad del Gobierno Vasco, en materia de tutela de derechos fundamentales y prevención de riesgos laborales.

Según indican los magistrados, esta última resolución se dicta de manera acompasada a la de la misma fecha en la Demanda 14/20, en la que el sindicato ErNE dirigió pretensiones que, "si bien no idénticas, eran similares, frente a la misma parte demandada" por lo que parte de los razonamientos de ambas sentencias coinciden .

Tras desestimar las excepciones de "incompetencia de jurisdicción, falta de acción y defecto en el modo de proponer la demanda", alegadas por el Gobierno Vasco, el TSJPV estima parcialmente la demanda del sindicato Esan y declara la obligación del Gobierno Vasco de realizar las "actuaciones omitidas, que al momento de celebrarse la vista oral (27 de mayo) se concretan en la necesidad de suministrar a todos los efectivos de la Ertzaintza de los medios de protección necesarios, consistentes en mascarillas del tipo FPP2, FPP3, gafas, guantes desechables, buzos Type 5 B o Type 6B y contenedores de residuos infecciosos".

Todo ello, indica la sentencia, según se determina en los Protocolos del Ministerio de Sanidad de 16 y 20 de marzo y 8 de abril y en los de Protección del Personal de la Ertzaintza de 26 de marzo, 17 de abril y 12 de mayo, "según corresponda a cada puesto, atendida la diversa clasificación de los riesgos de exposición, y ello también en la medida en que no se hubiere realizado ya".

La sentencia no es firme y contra la misma se puede presentar recurso de casación ordinario en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación.