El Tribunal Constitucional italiano ha hecho historia con una sentencia que considera que no siempre es punible el suicidio asistido a un enfermo con una patología irreversible. Esto ha abierto el debate en un país en el que existe un vacío legal al respecto, empujando a los partidos políticos a introducir el tema en la agenda.

Marco Cappato, activista a favor de la eutanasia legal y protagonista de esta sentencia, ha destacado que su esperanza es que la decisión del Constitucional, "que ha fijado claramente los derechos, dé fuerza a las personas que están en el Parlamento y a los partidos políticos para obtener un debate sobre el fin de la vida".

El mencionado activista, antiguo eurodiputado y miembro del Partido Radical, está siendo juzgado por haber acompañado a morir en febrero de 2017 en una clínica suiza a Fabiano Antoniani, conocido como Dj Fabo, que quedó tetrapléjico y ciego tras un accidente de tráfico. Se le acusaba de violar el artículo 580 del Código Penal italiano, que sanciona con penas de prisión de entre uno y 12 años a "quien determine el suicidio o alimente el propósito de suicidio de otra persona".

Este caso llegó al Constitucional después de que el Tribunal Penal de Milán decidiera en febrero de 2018 consultar a la alta corte la constitucionalidad del artículo 580 del Código Penal antes de emitir una sentencia. En una primera sentencia en octubre de 2018, el Constitucional se limitó a instar al Parlamento a acabar con el vacío legal sobre la eutanasia en el plazo de un año, pero ante la falta de respuesta política llegó la sentencia del este miércoles.

Esta sentencia se refiere solo al suicidio asistido y no a casos de eutanasia para pacientes no conscientes y mantenidos con vida artificialmente. El fallo considera que no es punible la ayuda a morir en casos de "pacientes mantenidos vivos mediante tratamientos de soporte vital y que sufren de una patología irreversible, fuente de sufrimiento físico y psicológico que considera intolerable, pero que es totalmente capaz de tomar decisiones libres y conscientes".

Si bien, cabe destacar que el hecho de que no sea considerado sancionable está sujeto a la verificación de las condiciones requeridas "por parte de una estructura pública del Servicio Nacional de Salud y tras escuchar la opinión del comité de ética territorialmente competente". Como ya hizo en 2018, el Constitucional exige "la intervención indispensable de una legislación" y pasa la palabra al Parlamento.