La Seguridad Social ha anunciado un paquete de ayudas con el que esperan mejorar la situación de pobreza infantil y de vulnerabilidad que sufren algunos pequeños. En concreto, se trata de una prestación económica mensual que forma parte del Ingreso Mínimo Vital (IMV), aunque se puede conceder de forma independiente.

Al cierre del año pasado, desde la Seguridad Social indican que el número de prestaciones concedidas con este complemento de ayuda para la infancia alcanzaba ya las 451.190. Un complemento que en este 2024 mantiene su importe con respecto al año anterior, mientras el IMV ha subido un 6,9%.

El importe que podrá recibir una familia dependerá del número de menores de edad que formen parte de la unidad familiar y de la edad que tengan cada uno a 1 de enero del ejercicio en curso. Por lo tanto, existen diferentes tramos:

  • Menores de tres años: 115 euros.
  • Mayores de tres años y menores de seis años: 80,50 euros.
  • Mayores de seis años y menores de 18 años: 57,50 euros.

¿Quién tiene derecho a solicitar esta ayuda y cuáles son los requisitos?

Desde la Seguridad Social han aclarado que pueden tener derecho a este complemento aquellas unidades de convivencia que incluyan a menores de edad entre sus miembros, cumplan todos los requisitos necesarios para la concesión del Ingreso Mínimo Vital y los establecidos respecto de los límites máximos sobre ingresos computables, patrimonio neto y test de activos:

  • Ingresos inferiores al 300% de los umbrales establecidos en la escala de incrementos para el cálculo de la renta garantizada según el tipo de unidad de convivencia.
  • El patrimonio neto debe ser inferior al 150% de los límites fijados en la escala de incrementos para el cálculo del límite de patrimonio aplicable según el tipo de unidad de convivencia.
  • Cumplir el test de activos cuyo límite para un adulto será de seis veces la renta garantizada, con una escala de incrementos igual a la del límite de rentas según el tipo de unidad de convivencia.

Hay que tener en cuenta que las prestaciones o ayudas incompatibles con el Ingreso Mínimo Vital lo serán también del complemento de ayuda para la infancia, aunque se perciba de forma independiente. Además, será incompatible con la asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33%.

¿Cómo realizar la tramitación para solicitar esta ayuda?

Para la tramitación de este complemento, es necesario solicitar el Ingreso Mínimo Vital por cualquiera de los canales establecidos en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), en imv.seg-social.es, tanto si tienes derecho a percibirlo conjuntamente con el IMV como si lo vas a percibir de forma independiente.

Además, puedes comprobar si tienes derecho a esta ayuda utilizando el simulador habilitado por el INSS. De esta forma, descubrirás si tienes derecha a percibir el IMV. Tras responder a unas sencillas preguntas, el simulador te indicará si puedes tener derecho a este complemento, aunque no te corresponda el Ingreso Mínimo Vital.