El plazo para solicitar el voto por correo y ejercer el derecho a voto antes de la cita electoral del 21 de abril ya ha caducado. Lo hizo el pasado 11 de abril, como recoge el calendario electoral. Ahora es el momento de que los votantes terminen de depositar sus votos, pues Correos ha recordado que el solicitante tiene de plazo hasta el jueves, 18 de abril, para acudir a cualquier oficina de Correos para hacerlo.

A la hora de acudir es importante tener en cuenta que al elector se le exige que presente la documentación necesaria para ejercer el voto por correo. Para ello, al depositar el voto por correo, deberá identificarse mediante la presentación del DNI, pasaporte, permiso de conducir, tarjeta de residencia o cualquier otro documento válido que permita identificar al elector, debiendo el personal de Correos proceder a su comprobación.

Hasta qué hora se puede votar por correo

Las personas que solicitaron el voto por correo pero no puedan acudir personalmente a la oficina de Correos para depositar el voto, deberán otorgar una autorización para que la entrega sea realizada por otra persona en su nombre. La autorización deberá ser firmada por el elector y acompañarse de la fotocopia de su DNI, pasaporte u otro documento oficial identificativo, así como de la fotocopia del documento identificativo de la persona a la que autoriza.

El personal de Correos no aceptará la entrega de documentación electoral perteneciente a otro elector si no se acompaña de la correspondiente autorización firmada por el elector, que deberá ser conservada, junto a la fotocopia del documento oficial acreditativo del elector y de quien entrega en su nombre la documentación electoral, para su remisión a la Junta Electoral correspondiente. Si bien Correos recomienda en cada comicio no esperarse a última hora para depositar el voto, puede que más de uno se encuentre con él en casa todavía. En este sentido, cabe recordar que las oficinas de Correos abren de 8:30 a 20:30.