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NUNCA ANTES HABÍA SIDO DELITO

Las webs de enlaces sufrirán hasta seis años de cárcel

El Gobierno se ha propuesto acabar con las legales, yendo a por uno de sus principales suministradores: las webs de enlaces. En el nuevo Código Penal, sus administradores se enfrentarán a seis años de prisión.

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Acabar con las descargas. O, al menos, con las webs que facilitan la tarea. Ese es el principal objetivo del Gobierno, que va a incluir penas de cárcel para los administradores de webs que proporcionan enlaces a descargas de material protegido por copyright.

La decisión, que ahora debe pasar por el Congreso, fue tomada en el Consejo de Ministros, dentro de la reforma del Código Penal. Dicha reforma tipifica como delictiva la gestión de una web de enlaces. Así, los administradores de estas páginas se enfrentarán a penas de hasta seis años de prisión, según el grado de su delito.

La reforma impulsada por el Gobierno responde a su interés por incluir a las webs de enlaces dentro de las actividades delictivas. Y es que, hasta el momento, ninguna web había sido considerada como tal.

Pese a la extensa lista de demandas existentes contra estas páginas, el criterio dominante de los jueces es que su labor en ningún caso era la de comunicación pública de las obras a descargar, con lo que el delito no existía. La página, simplemente, actuaba como intermediario entre el usuario y el enlace de descarga de la obra.

A partir de ahora, no obstante, el mero hecho de administrar una web que muestre estos enlaces ya será considerado delito. Una vez aprobada por el Consejo de Ministros, esta reforma necesitará obtener el apoyo del Congreso de los Diputados.

La reforma de esta parte del Código Penal está motivada por los contradictorios resultados de la Comisión de Propiedad Intelectual de la ya conocida como 'ley Sinde-Wert'. Y es que, pese a que esta Comisión instaba a las webs a cerrar o a interrumpir sus servicios, los jueces seguían avalando su existencia.

Hace apenas unas semanas, de hecho, se produjo una situación contradictoria, ya que una web de enlaces recibió, en el mismo día, una orden de la Comisión de Propiedad Intelectual condenando su actividad... y una sentencia judicial que decía todo lo contrario y procedía al sobreseimiento de la causa.

Con la reforma del Código Penal se pretende acabar con las sentencias favorables a las webs de enlaces e instaurar un criterio único.

Desde el Gobierno defienden la medida, cuyo objetivo es perseguir “las páginas que permiten la obtención de un listado de enlaces a través de las que se puede acceder ilícitamente a obras protegidas por los derechos de autor”.

Así, se mantienen las penas mínimas previstas, pero “las conductas más graves” podrán ser sancionadas hasta con seis años de prisión.

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