En menos de tres de años, desde su entrada en vigor, sólo han existido dos condenas a prisión permanente revisable. La primera fue en junio de 2017: David Oubel fue condenado por el asesinato con una radial de sus dos hijas en julio de 2015. La segunda ha sido dictada por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, hace menos de un mes. El acusado asesinó con 30 puñaladas al abuelo de su pareja.

Una medida que el Gobierno defiende como necesaria para casos de extrema gravedad: "Es una pena extraordinaria para delitos excepcionales, delitos gravísimos, asesinatos múltiples, violaciones y luego asesinato…" decía el ministro Rafael Catalá.

A pesar de su excepcionalidad no ha estado exenta de polémica. Sus detractores alegan que esta pena no es disuasoria: "Nadie en el plantea que diga por 25 años yo sí voy a arriesgarme a cometer este delito pero por una perpetua no existe" asegura Jacobo Dopico, profesor titular de derecho penal de la UCM.

Mientras sus defensores piensan que no sólo disuade sino que ayuda a la reinserción de los delincuentes: "Va a procurar reinsertarse lo antes posible para que esa pena se concierta en temporal y volver a la calle" defiende Luis Rodríguez Ramos, catedrático de Derecho Penal y abogado.

Parte de la oposición pide que esta medida se derogue, mientras el Gobierno apuesta por ampliar los supuestos: "Se introducen nuevos casos, llegando a supuestos donde no hay atentando contra la vida. La cuestión es cuál va a ser la siguiente vuelta de tuerca" explica Dopico.

"No hay que deslegislar en caliente, en contra de la opinión de la población. Las encuestas son evidentes" defiende Luis Rodríguez Ramos. Un debate que llegará al Congreso de los Diputados mientras sigue pendiente que el Tribunal Constitucional resuelva sobre su encaje en la Carta Magna.