La sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha fallado en contra de una alumna de la UJA que padece un 45% de discapacidad visual y que tendrá que devolver su beca de 4.730,97 euros, al no haber superado el 50% de los créditos matriculados en convocatoria ordinaria o extraordinaria correspondiente al primer curso del Grado en Ingeniería Química Industrial.

De esta forma, la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia en la que se da la razón a la resolución de la Dirección General de Política Universitaria del Ministerio de Educación, por la que se acordaba el reintegro de la beca concedida a esta alumna de la Escuela Politécnica Superior de Linares, en Jaén.

En sus alegaciones, la solicitante, tras explicar que durante el curso 2012/2013 había asistido a clase regularmente lo que implicaba un desplazamiento diario desde La Carolina, en Jaén, su domicilio, hasta Linares, a 40 kilómetros de distancia, argumentaba que había hecho "todo lo humanamente posible para superar las asignaturas matriculadas pero debido a una causa de fuerza mayor no imputable a mi buena diligencia y dedicación, esto no ha sido posible ya que padezco una minusvalía sensorial que limita mi capacidad y no me permite estar en igualdad de condiciones con los demás estudiantes universitarios".

"No veo bien y cuando llevo un período largo de tiempo leyendo se me cansa la vista y me empieza a doler la cabeza lo que hace que me tenga que parar un rato a descansar porque me es imposible continuar estudiando".

En todo este proceso, la alumna ha aportado un certificado, en el que la directora del Centro de Orientación y Valoración de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de Jaén, pone de manifiesto que la interesada tiene reconocido, desde el 13 de abril de 1999 un grado de discapacidad del 47%.

La recurrente no cuestiona el hecho determinante del reintegro, la no superación del 50% de los créditos matriculados, pero sostiene que "por razones de equidad debería hacerse una interpretación más favorable de la normativa aplicable", teniendo en cuenta que tiene una discapacidad sensorial del 47%.

La Audiencia Nacional reconoce que aunque es cierto que tiene una patología en la vista y, consecuencia de ello, un grado de discapacidad del 47%, "no queda acreditada la incidencia de la patología en el rendimiento académico".