La medida estrella del gobierno tiene algunas lagunas, genera dudas a muchos expertos. Se trata de que los empresarios que hagan nuevos contratos paguen únicamente 100 euros por trabajador de cotización por contingencias comunes, algo que podrán hacer durante dos años, durante 24 meses, siempre y cuando, se trate de empleo nuevo, de ampliación de plantilla.    

¿Quiénes pueden acogerse?, ¿solamente los emprendedores? no, esos ya tenían su tarifa reducida. Esta nueva tarifa plana se aplica a todas las compañías y todos los profesionales. ¿Desde cuándo?, desde ya, de hecho desde el momento en el que Rajoy lo anunció en la tribuna del Congreso, para evitar jugarretas.    

¿Qué se ahorran los empresarios?, varía en función del salario que se pague al trabajador, pero desde unos 77 euros al mes en las cotizaciones más bajas a los 700 euros mensuales en las cotizaciones máximas.    

Pero hay condiciones, no todos los nuevos contratos podrán tener esta tarifa plana. Son: primero, que ese nuevo empleado permanezca en la empresa al menos tres años, es decir, un año más que el tiempo que las empresas están beneficiándose de esta ayuda. En segundo lugar, que esa empresa ni haya llevado a cabo ningún ERE ni hayan hecho despidos improcedentes los seis meses anteriores. Y por último, tercero, que esté al día en sus obligaciones tributarias y en sus pagos a la Seguridad Social.