Tras el paso de la borrasca Filomena, ir a trabajar es casi tarea imposible en muchas ciudades. Con las calles anegadas por el hielo, caminar o coger el transporte para acudir al centro laboral puede ser incluso peligroso; sin embargo, hay quienes afirman que no tienen alternativa.

Aun así, los expertos aseguran que, dada la situación provocada por el temporal, no nos pueden obligar a acudir a nuestro puesto si nos es imposible o supone un gran esfuerzo.

El motivo es que el temporal es considerado fuerza mayor y, por este motivo, según el Estatuto de los Trabajadores, hay derecho a faltar. Tal y como explica Martín Godino, socio director de Sagardoy Abogados, "la empresa no puede sancionar a un empleado que no acude a su puesto de trabajo por una situación que es considerada de fuerza mayor".

Por tanto, los trabajadores no están obligados a acudir a su oficina ni tampoco pueden ser presionados para cogerse días libres o de vacaciones. Eso sí, se les puede descontar del sueldo.

Aun así, existe la opción de no perder salario compensando la jornada, ya sea teletrabajando, utilizando la bolsa de horas acumuladas o de días de libre disposición o recuperando las horas más adelante.

En caso de acogernos a este derecho, la empresa podría pedirnos un justificante expedido por una administración para acreditar la complejidad de desplazamiento. Muchas localidades ya están otorgándoselas a sus vecinos para que eviten correr riesgos saliendo a la calle. Un justificante que, en caso de haber sido expedido por tu ayuntamiento, puedes descargar acerando el móvil al código QR que aparece en el vídeo.

Si por caso contrario decidimos acudir a la empresa, en caso de caída durante el desplazamiento será considerado accidente laboral.

Otro de los derechos a los que podrás acogerte mientras continúen las heladas es el de cuidar a los más pequeños. Con los colegios cerrados, está justificada la ausencia para cuidar de los niños. Sin embargo, como ocurre con el derecho a no acudir al puesto de trabajo, la jornada también podría ser descontada del sueldo, o la empresa podría exigir que se recuperara más adelante.