El Tribunal Supremo ha dictado un auto este jueves contra el senador del Partido Popular José Manuel Baltar por un delito contra la seguridad vial por presuntamente conducir un coche a 215 kilómetros por hora en un tramo de la autovía A-52 sentido Benavente en la provincia de Zamora cuya velocidad máxima permitida era de 120 kilómetros por hora.
La magistrada subraya que los hechos revisten caracteres de un delito previsto en el artículo 379.1 CP, cuya condena es la pena de prisión de tres a seis meses o la multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años".
"La simple lectura de los hechos que hemos delimitado como punibles, justifica sin necesidad de otras argumentaciones su encaje en la tipicidad reseñada (artículo 379.1 CP), como una de las conductas que el legislador ha considerado merecedoras de reproche penal en cuanto estadísticamente más arriesgadas para la seguridad en el tráfico rodado", argumento en el escrito Ferrer.
Algo que "incrementa inadmisiblemente el riesgo de daños personales y materiales, quien conduce a una velocidad superior a los límites previstos en el citado precepto", concluye la magistrada instructora.
Por otra parte, afirma que la imputación tanto objetiva en relación con los hechos, como la subjetiva en lo que concierne a la intervención en los mismos del investigado, se sustenta en los datos incorporados al atestado levantado a raíz del resultado arrojado por el medidor de velocidad que el día 23 de abril de 2023 instalado en el kilómetro 66,900 de la autovía A-52, por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil así como sus sucesivas ampliaciones.