El decreto ley que
ultima el Ministerio de Fomento para introducir cambios en el mercado del
alquiler, y que negocia con Unidos Podemos para ser aprobado previsiblemente en
el Consejo de Ministros de este viernes, remarca que las subidas interanuales
dentro de los contratos deberán limitarse a la inflación de forma obligatoria,
e impulsa un sistema de índice de precios en el que pueden participar las
comunidades autónomas.
Estas son algunas de las
medidas que contiene el borrador del decreto, según han confirmado fuentes partícipes de la negociación, que no estaban contempladas en el
anterior decreto que el ministro José Luis Abalos llevó al Congreso en enero, y
que fue tumbado por la Cámara Baja por falta de apoyos.
Sin embargo, el último
borrador no contiene la medida pactada por el Gobierno con Unidos Podemos para
habilitar a comunidades autónomas y ayuntamientos a limitar los precios de los
alquileres en aquellas zonas especialmente afectadas por la escalada de precios.
Así, según han informado
estas fuentes, el decreto menciona el sistema de índices que deberá aprobar la
Administración central, y señala que sobre éste las comunidades podrán elaborar
índices propios para desarrollar sus políticas de vivienda.
Desde Unidos Podemos
alegan que este punto no serviría para regular los precios, y que para ello se
requeriría una modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), pues es
en esta ley donde se establece que los precios se fijan de mutuo acuerdo entre
arrendado y arrendatario.
En todo caso, sí que se
establece en el borrador del decreto que las subidas interanuales en los
contratos se vinculen de forma obligatoria al IPC, con el fin de que no puedan
establecerse tramos con mayores subidas en los contratos. Como en el anterior
decreto, se eleva a cinco años la duración mínima de los mismos, siete en caso
de ser el propietario una empresa.
Asimismo, el decreto
recoge diferentes modificaciones en la Ley de Enjuiciamiento Criminal con el
fin de introducir mayores garantías en los desahucios que afecten a personas en
situación de vulnerabilidad, ya que los juzgados deberán de oficio ponerse en
contacto para comprobar esta situación.
Así, el borrador
establece que, ante todo caso de desahucio, los juzgados deberán contactar con
los servicios sociales y, de detectarse una situación de vulnerabilidad, este
deberá aplazarse un mes si la propiedad una persona física, y tres meses en caso
de ser una empresa.
Asimismo, los
lanzamientos de la vivienda que dictamine un juez deberán especificarse con
fecha y hora exacta, y no con fecha abierta, aunque este aspecto está aún
pendiente de confirmarse con el Ministerio de Justicia.