El trámite de nulidad del matrimonio eclesiástico será más ágil, simple y económico con la reforma aprobada por el papa Francisco,  que introduce la sentencia única y la decisión directa del obispo en los casos más claros.

El Vaticano ha presentado los dos 'motu proprio' llamados 'Mitis Iudex Dominus Iesus' y 'Mitis et misericors Iesus', en los que se explica la reforma para las causas de declaración de la nulidad matrimonial tanto en el código de derecho canónico y en el código de los cánones de las Iglesias orientales.

El papa destaca en sus documentos la introducción de un proceso breve de nulidad, "para acercarse a los fieles que se alejan ante las estructuras jurídicas de la Iglesia a causa de las distancias física o moral".

Las reformas responden a las respuestas de la comisión que creó el papa el año pasado, presidida por Pio Vito Pinto, decano del Tribunal de la Rota Romana, para que simplificasen los trámites del proceso de nulidad matrimonial.

Aunque Francisco puntualiza que queda firme "el principio de que el matrimonio católico es indisoluble", explica que "la caridad y la misericordia exigen que la misma Iglesia como madre se haga cercana a los hijos que se sienten separados".

En el Sínodo de los obispos celebrado en octubre del año pasado se pidió y aprobó por mayoría procesos más rápidos y accesibles, recuerda el papa, y por ello ha querido "dar disposiciones que no favorezcan la nulidad, pero sí aceleren los procesos, y con justa sencillez".

La principal novedad es la introducción de una sola sentencia a favor de la nulidad ejecutiva, "y que no sea necesario una doble decisión a favor de la nulidad del matrimonio".