El pleno del Consejo General del Poder Judicial avaló, con el voto de calidad del presidente del Tribunal Supremo y del propio CGPJ, Carlos Lesmes, publicar los nombres de los defraudadores a Hacienda siempre y cuando tengan una sentencia condenatoria firme. Varios de los vocales que votaron en contra del informe consideran que el anteproyecto puede afectar a los derechos fundamentales.

Sin embargo, los otros miembros del pleno que votaron a favor del anteproyecto de ley consideran que el texto remitido por el Gobierno se queda corto, y que es necesaria más publicidad y transparencia en lo relativo a la lucha contra el fraude. El informe aprobado incluye varias modificaciones respecto de la propuesta presentada por el ponente, Gerardo Martínez Tristán.

Según el texto, se respalda la publicación de resoluciones condenatorias firmes cuando el delito tuviera por perjudicado a la Hacienda Pública, al considerar que "sirve a un interés general". El informe da luz verde a la publicación en el BOE de un extracto del fallo de las sentencias condenatorias firmes por fraude fiscal, con el objeto de incentivar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias.

También se reconoce que la publicidad de la sentencia puede suponer un gravamen para la persona condenada, susceptible de afectar a sus derecho al honor, intimidad y protección de datos. Sin embargo, también afirma que "cabe entender que esta publicidad cumple fundamentalmente una función de información" y se configura como un elemento "preventivo y educativo".

No obstante, el pleno del CGPJ decidió retirar un punto del anteproyecto por el que se permite publicar las sentencias condenatorias una vez aprobada la ley Orgánica, sin tener en cuenta cuándo se ha cometido el delito. La mayoría del CGPJ cree que lo razonable pasa porque el anteproyecto afecte sólo a los delitos que se cometan con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica.

También recoge la petición de que se valore el impacto que pueda tener la publicación de estas sentencias en los casos en los que se ha producido una reparación del daño. De los diez vocales que votaron en contra de la publicación, nueve formularán votos particulares para incidir en que estas resoluciones afectan a los derechos fundamentales como el del honor, la intimidad familiar y personal o al de la protección de datos.