Incumplir la norma supone recibir una multa

No, no puedes llevar pasajeros en tu bici...excepto en un sólo caso

El uso de la bici está cada vez más extendido, pero también hay que cumplir una serie de normas.

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En los últimos años estamos asistiendo a una auténtica revolución en el terreno de la movilidad personal, hasta el punto de que el coche privado, hasta hace poco tiempo el auténtico “dueño” del espacio urbano, se ha visto claramente desplazado en favor de un transporte público cada vez más rápido y eficiente, así como en favor también de algunas alternativas personales como los patinetes eléctricos o las bicicletas, tanto convencionales como eléctricas.

Éstas últimas, por cierto, resultan también un instrumento idóneo para desplazarse entre pequeñas poblaciones, por lo que muchas familias han comenzado a utilizar este conocido vehículo para la mayoría de sus desplazamientos rutinarios. Sin embargo, el uso de las bicicletas, pese a no revestir la misma complejidad que el de un vehículo a motor, también está sujeto al cumplimiento de algunas normas de tráfico.

¿Puedo llevar pasajeros en mi bicicleta?

De esta manera, no está permitido por ejemplo coger una bicicleta tras haber consumido alcohol o drogas, ni tampoco se puede utilizar una bicicleta si se hace uso de auriculares. Sin embargo, hay muchos ciclistas que desconocen si es posible que dos o más personas viajen en la misma bicicleta.

La Dirección General de Tráfico tiene la respuesta: no, no está permitido que dos personas o más viajen en una bicicleta, excepto en un único caso. De esta manera, un adulto (mayor de 18 años) puede viajar en una bicicleta acompañado de un menor de 7 años siempre que éste lo haga a bordo de un asiento homologado. Además, es obligatorio que en este caso ambos usuarios usen casco de seguridad.

En caso de no cumplir estas premisas, el ciclista se enfrenta a una sanción económica de 100€. Eso sí, esta infracción, al igual que cualquier otra que se cometa a bordo de una bicicleta, no comporta la retirada de puntos en caso de que el infractor tenga carnet de conducir.

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