"Planteamos que
nuestro país esté a la altura de lo que significa el siglo XXI, y que no
retroceda a lo peor del siglo XX. Es completamente inadecuado y habla mal de
nuestra calidad democrática que en este momento la Audiencia Nacional esté
juzgando a más gente por enaltecimiento del terrorismo que cuando ETA actuaba y
llevaba a cabo atentados terroristas", ha asegurado en declaraciones a los
medios tras registrar la iniciativa.
Según el texto de la
proposición no de ley que han presentado para su debate en la Comisión de
Justicia, el artículo 578, tras la reforma del Código Penal de 2015, "se
ha configurado de una forma tan falta de concreción que está llevando
últimamente a que la Audiencia Nacional juzgue a personas que nada tienen que
ver con organizaciones terroristas por proferir manifestaciones que se engloban
en el denominado 'humor negro'". "Si bien pueden ser de mal gusto o
incluso ofensivas, no pueden tildarse de acto terrorista", defienden.
"El enaltecimiento
terrorista, que quedó incorporado como delito en nuestro Código Penal hace 16
años, ha sufrido un endurecimiento inusitado con ocasión de los atentados en
París, expresado en la última reforma del Código Penal que entró en vigor el 1
de julio de 2015. También vino precedido por un "pacto
antiterrorista" entre los dos partidos mayoritarios del arco
parlamentario", lamenta la formación morada.
Podemos se refiere así a
las modificaciones que sufrió este artículo con la reforma, en la que la pena
de prisión por este delito pasó de uno a dos años a ser de uno a tres años, y
en la que también se añadió un punto en el que se especifica que esas penas se
impondrán en su mitad superior cuando los hechos se hubieran llevado a cabo
mediante la difusión a través de medios de comunicación, internet, o por medio
de servicios de comunicaciones electrónicas o mediante el uso de tecnologías de
la información.
Según Podemos, el
ordenamiento jurídico español "ya contaba con instrumentos suficientes
para perseguir la injuria, la amenaza o la calumnia, no siendo necesario
establecer tipos delictivos adicionales". "El hecho de que una
persona pueda proferir comentarios desagradables en la red no requiere una
regulación distinta; lo que no es delito en la calle, no es delito en
twitter", reivindican.
"Se han sucedido en
nuestro país actuaciones policiales y judiciales que resultan desconcertantes
para la ciudadanía, particularmente en relación al artículo 578, relativo al
enaltecimiento del terrorismo, por el que han sido juzgados diversos artistas y
tuiteros", añaden su iniciativa.
Por ello, piden suprimir
dicho artículo a través de una reforma que se presente en el plazo de un mes, y
sugieren además "revisar inmediatamente los delitos relativos a las
injurias y calumnias, y sus tipos cualificados, así como otras disposiciones
jurídicas que puedan limitar o coartar el derecho a la libertad de expresión, y
presentar una reforma de los mismos que sea coherente con la garantía de este
derecho".
Iglesias ha registrado
la proposición no de ley acompañado por algunos de los artistas y tuiteros que,
según denuncian, han sido víctimas de ese artículo, como el humorista Facu Díaz
y la tuitera Cassandra Vera.
Vera, que está acusada
por un delito de humillación a las víctimas de terrorismo por un comentario
sobre Carrero Blanco, ha asegurado en declaraciones a los medios que está
siendo objeto de un proceso "muy duro" por hacer "bromas en
Twitter".