El Real Decreto-ley 16/2012 tenía como objetivo aprobar “unas medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud”, según rezaba el título de la reforma. En el artículo 3, dentro del capítulo I, se estipula que “los extranjeros no registrados ni autorizados como residentes en España recibirán asistencia sanitaria” solo “de urgencia por enfermedad grave o accidente y en caso de embarazo, parto y postparto”. Así mismo, “los menores de 18 años recibirán asistencia en las mismas condiciones que los españoles”: