El Consejo de Garantías Estatutarias ha validado por mayoría la constitucionalidad del dictamen de la ley catalana de consultas populares no refrendarias, aunque lo ha hecho con el voto en contra de cuatro de sus nueve miembros. El dictamen, de 159 páginas y que hoy ha sido entregado al Parlament, avala de forma íntegra la norma que, de aprobarse definitivamente, servirá como marco legal al gobierno catalán para convocar la consulta soberanista del próximo 9 de noviembre.

El Consejo de Garantías, órgano consultivo del ejecutivo autonómico, entiende que la proposición de ley es constitucional tras analizar una serie de aspectos como el objeto de la consulta, el registro de participación de votantes, el decreto de la convocatoria, la definición y composición de las comisiones de seguimiento o la votación anticipada.

El Consejo, en cambio, no se pronuncia, tal y como solicitó el PPC, sobre la doble pregunta de la consulta del 9N, que incluye la independencia como opción, al entender que su naturaleza es la de un acuerdo de índole política, "con todo el impacto político y ciudadano que se le quiera atribuir", pero que, a efectos de su labor consultiva, "está falto de consecuencias jurídicas".

Este órgano considera que la articulación de determinados procedimientos orientados a obtener la opinión de la ciudadanía "no colisiona" ni es incompatible con el fundamento último de la soberanía reconocido en la Constitución, sino que, al contrario, "puede contribuir a reforzar destacados valores constitucionales, más allá del necesario cumplimiento de la ley".

El Consejo de Garantías Estatutarias estima asimismo que la proposición de ley analizada no vulnera la autonomía local municipal y asegura que el sistema constitucional español no prohíbe en ningún caso que la Generalitat pueda consultar a la ciudadanía sobre cuestiones que son de su interés "si lo hace amparada en una competencia propia".