Los españoles disfrutamos desde hace unas cuantas décadas de un Estado de Derecho ejemplar y de unos tribunales que garantizan un juicio justo hasta a quien no lo merece. Bernardo Montoya, el asesino de Laura Luelmo, es uno de esos tipos al que repugna dar garantías, pero las debe de tener. Esa es, precisamente, la base de la firmeza de nuestro sistema penal: que individuos como Montoya tengan la mejor defensa posible y un proceso en el que se aseguren todos sus derechos.

Bernardo Montoya fue declarado culpable de detención ilegal, agresión sexual y asesinato y será sentenciado a prisión permanente revisable tras un juicio en el que, en un ejercicio de fe en nuestro sistema, estoy seguro de que tuvo todas las garantías. Es un acto de fe porque el presidente del tribunal, Florentino Gregorio Ruiz Yamuza, decidió que la totalidad del juicio se celebrase a puerta cerrada, tras la lógica –las víctimas, en su condición de tales, pueden solicitar lo que crean que les evitará un mayor daño– petición del abogado que representaba los intereses de Laura Luelmo, la sorprendente adhesión del defensor de Montoya y las injustificables del Ministerio Fiscal –garante de la legalidad, recuerden– y la Junta de Andalucía, la misma Junta que cuenta con un Consejo Audiovisual dedicado a difundir manuales de buenas prácticas para los profesionales de la información y a analizar la cobertura de los medios. En este caso trabajarán poco: no ha habido cobertura gracias a su inexplicable apoyo a un juicio a puerta cerrada.

No discuto la legalidad o no de la medida. Nadie se ha saltado la ley. Pese a que el artículo 24.2 de la Constitución, el 680 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y el 231.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial consagran el derecho a la publicidad de las actuaciones judiciales –derecho muchas veces respaldado en las normas comunitarias–, como garantía de transparencia y para fortalecer la confianza de los ciudadanos en los tribunales, no se trata de un derecho absoluto. Tiene excepciones. Por ejemplo, la recogida en el artículo 681.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: “el juez o el tribunal podrá acordar que todos o alguno de los actos o las sesiones del juicio se celebren a puerta cerrada cuando así lo exijan razones de seguridad u orden público o la adecuada protección de los derechos fundamentales de los intervinientes, en particular, el derecho a la intimidad de la víctima, el respeto debido a la misma o a su familia, o resulte necesario para evitar a las víctimas perjuicios relevantes”.

También contempla esta excepción el derecho comunitario en el artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que dice que la prensa y el público pueden ser excluidos de todo o parte del juicio “cuando los intereses de los menores o la protección de la vida privada de las partes en el proceso así lo exijan”.

Ya ven que en estas excepciones caben casi todos los juicios por asesinato o agresiones sexuales. ¿O acaso no vio quebrado el derecho a su intimidad la familia de Diana Quer en el juicio a Enrique Abuín? ¿O no se ha hablado de la vida privada de Javier Ardines en el juicio que se está celebrando estos días en Oviedo? ¿O la madre de Ruth y José no se retorció de dolor al comprobar en la vista oral lo que hizo José Bretón con sus hijos?

Todos los juicios –así lo contaba aquí mismo la semana pasada– dejan daños colaterales. En la vida de las víctimas no quedan zonas de sombra y un enorme foco –el de los investigadores– deja al descubierto los rincones oscuros que todos tenemos. Es decir, se quebranta el derecho a la intimidad de las víctimas. Así que el magistrado Ruiz Yamuza ha sentado un precedente peligrosísimo: accedió a la petición de las partes y ni siquiera dejó caminos intermedios como otros colegas suyos hicieron previamente. Por ejemplo, en el juicio por el asesinato del pequeño Gabriel Cruz las sesiones correspondientes a los forenses que hicieron la autopsia y a la declaración de la familia directa del niño fueron a puerta cerrada. Ana Julia Quezada fue condenada a prisión permanente revisable con luz y taquígrafos, con todas las garantías, pese a que la familia de la víctima también pidió un juicio a puerta cerrada.

La decisión del juez Ruiz Yamuza tiene otros componentes que rozan el absurdo. En el auto en el que apagaba las luces del juicio, decía: “la protección del derecho a la memoria e intimidad e las víctimas justifica en este supuesto la celebración del juicio a puerta cerrada, a fin de evitar para las mismas una victimización secundaria que se seguiría de la celebración ordinaria del plenario”. Su cerrojazo ha puesto en un lugar que no merecen a los siempre diligentes y eficaces componentes del gabinete de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que habían preparado todo para la cobertura de un juicio complejo, precisamente garantizando la protección de las víctimas.

El mensaje que lanza el magistrado es perverso: informar de un juicio victimiza. No, señoría. Los profesionales de la información no nos dedicamos a victimizar, nos dedicamos a contar que nuestros tribunales funcionan y que todos los reos, hasta un ser tan despreciable como Bernardo Montoya, tienen un juicio con todas las garantías.

El juez Ruiz Yamuza ha dibujado el mismo trazo grueso y vasto que otros, como el Consejo Audiovisual de Andalucía, hicieron antes: todos los profesionales dedicados a la información de sucesos y tribunales son unashienas, dedicadas a extraer las vísceras de las víctimas y lanzárselas al público, ávido de carroña. Basta ya de trazos gruesos. Denúnciense los excesos con nombres, apellidos y medio, pero en la lista de profesionales acreditados para cubrir el juicio por el asesinato de Laura Luelmo yo sólo vi periodistas y no las hienas que vio el magistrado.