El expresidente autonómico y exministro de Medio Ambiente, Jaume Matas, que ingresó en la cárcel de Segovia el 28 de julio, disfruta del tercer grado por decisión de la Secretario General de Instituciones Penitenciarias desde el 31 de octubre, cuando salió de permiso de fin de semana.

A partir de esa fecha, Matas pernocta en el Centro de Inserción Social de la prisión segoviana, del que sale cada mañana para desplazarse a Madrid, y también abandona la reclusión los fines de semana. La abogada Gómez Pavón ha explicado que los argumentos del recurso de apelación son básicamente "los mismos" que planteó en el recurso de reforma que desestimó el pasado 24 de noviembre el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Valladolid.

La letrada sostiene que no puede negarse el tercer grado al expresidente balear con la justificación de que la pena debe ser ejemplarizante, porque esa no es la función del castigo penal. Además, considera que la denegación del tercer grado que le había concedido en primera instancia Instituciones Penitenciarias no puede basarse en el clima social de rechazo a los delitos de corrupción protagonizados por políticos.

A juicio de Gómez Pavón, ha de tenerse en consideración que Matas está encarcelado por una condena de 9 meses de la que ya ha cumplido cuatro meses. La finalidad de corrección y reinserción social de la pena que pesa sobre el expresidente balear, que tiene pendientes numerosas causas por presunta corrupción, se puede cumplir en régimen de tercer grado, sostiene la letrada en su escrito.

Cuando rechazó el régimen de semilibertad para Matas, el juez de Vigilancia Penitenciaria de Valladolid argumentó que "no hay reeducación" del penado y que "la blandura del castigo puede afectar al sistema". Expuso que la naturaleza del delito, "al margen de la pena que lleve aparejada", es un parámetro "perfectamente" legítimo a considerar, pues en la corrupción política "la confianza de los ciudadanos en el propio sistema puede verse afectada por la lenidad en su punición".