Según el ministro, con la nueva ley se rebajan las penas, porque en los delitos de faltas no hay pena de cárcel: “es una iniciativa despenalizadora”, ha llegado a afirmar Fernández Díaz. Para Francisco Martínez, secretario de Estado de Seguridad, “la cárcel desaparece por completo y ahora sólo se pueden imponer sanciones económicas”.
Marcelino Sexmero denuncia que “se despenaliza para poder castigar vía administrativa, que tiene menos defensa y recursos y menos tutela judicial frente a abusos. Tiene una finalidad política e ideológica impresentable”.
Jacobo Dopico cuenta que “si el agente le denunciaba, le llevaba a los tribunales y le absolvían, ahí se acababa todo. Ahora sí será sancionable. Se libera al poder ejecutivo y a las fuerzas policiales de controles externos”.
Vanessa es un vivo ejemplo de que el paso de delito a falta que incluye la ley no siempre implica una ventaja. Asistió como público al Congreso en el debate sobre las preferentes. Ella, que perdió sus ahorros con esta estafa, explotó: “Se empezó a caldear. Y mandaron desalojar la tribuna. Me quedé allí. Vi a De Guindos y le pedí que retirara la ley”.
La detuvieron por aquello. Su caso está en la Audiencia Nacional, le acusan de delito contra las altas instituciones del Estado. Ahora puede entrar en la cárcel, mientras que con la nueva ley podría verse obligada a pagar una multa de hasta 600.000 euros.
Y hay otra novedad polémica más en la ley: al pasar de delito a falta, los acusados tendrán que pagar las recién instauradas tasas judiciales. El secretario de Estado afirma que hay “un procedimiento por protección de derechos fundamentales están exentos de tasas. Si alguien considera que se ha vulnerado un derecho fundamental habría exención de tasas”. Pero lo cierto es que se complica la posibilidad de recurrir.