La joven fallecida estaba en muerte cerebral ingresada en el Hospital de Elda desde que recibió los disparos a las puertas del colegio donde acude su hijo. Tras tirotearla, el hombre de 31 años huyó en el coche de ella, sufrió un accidente contra un muro y falleció. El agresor estaba citado para someterse a un juicio rápido por un presunto delito de amenazas tras haber sido denunciado por la víctima, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en un comunicado.
La mujer interpuso la denuncia contra su ex compañero sentimental, con el que tenía un hijo de tres años, el pasado 2 de noviembre. Ese mismo día se dictó, como medida cautelar hastala celebración del juicio, que iba a tener lugar el día día después de cometer el crimen, una orden de alejamiento que le impedía acercarse a la mujer a menos de 300 metros y de comunicarse con ella por cualquier medio hasta que hubiera una sentencia firme.
El magistrado atendía así la petición de la víctima y de la Fiscalía, que no solicitaron otras medidas cautelares, tras valorar, además, que en 2016 ya había sido condenado a trabajos en beneficio de la comunidad por un delito de lesiones. Ese mismo día, el instructor señaló el juicio para una semana después y, además, acordó medidas respecto del hijo de la pareja para que las entregas del niño, cuyo régimen de visitas había sido pactado meses atrás por los progenitores, se produjeran a través de una tercera persona.
El presunto agresor fue arrestado y puesto a disposición judicial el 7 de noviembre, después de que su expareja denunciara que, en los dos días anteriores, había intentado comunicar telefónicamente con ella a través de terceras personas. En esas llamadas, según el relato de la víctima, el denunciado no vertió amenaza alguna contra ella. Fue detenido en Elda y el juez acordó su libertad, quedando como investigado en un procedimiento abierto por un delito de quebrantamiento de puesto a disposición judicial. El Juzgado de medida cautelar por incumplir la orden dictada la semana pasada por el Juzgado de Novelda que le impedía comunicarse con la madre de su hijo.
En 2016 el hombre fue condenado por un delito de lesiones en el ámbito familiar. Fue un juicio de conformidad. Reconoció los hechos y, tal como prevé la ley, se benefició de la reducción de un tercio en la pena solicitada por el fiscal por lo que fue condenado a 40 días de trabajos en beneficio de la comunidad. Se le impuso, además, la privación del derecho a la tenencia y porte de armas por dos años y la prohibición de acercarse durante ocho meses a su entonces pareja.
Con anterioridad a ese episodio, en septiembre de 2014, la víctima había interpuesto otra denuncia contra su pareja. Ante el juez instructor se negó a declarar contra el presunto agresor. El caso, no obstante, llegó a juicio, pero él fue absuelto por un juzgado de lo Penal de Alicante.
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