Flooxer Now» Noticias

La violencia intragénero es un fenómeno que ocurre habitualmente en las parejas

Crean un servicio de ayuda contra la violencia que se da en parejas del mismo género

Arcópoli lanza un servicio especializado de violencia en parejas del mismo género. Desde hace unos años, a menudo les llegan casos de violencia y graves conflictos que ocurren en parejas y ex del mismo género, conocida como violencia intragénero.

-Crean un servicio para los casos de violencia entre parejas del mismo sexo

Crean un servicio para los casos de violencia entre parejas del mismo sexoArcópolis

Publicidad

Por ello, desde Arcópoli se han especializado para dar un servicio lo más integral posible y lanzar una página web con recursos para que las personas LGTB estén informadas de sus derechos. Además, cuentan con un equipo de voluntariado liderado por la psicóloga especializada, Isabel González, que atenderá los casos que lleguen para dar un servicio completo y proporcionar las herramientas necesarias para combatir esta lacra.

La violencia intragénero se sustenta en la LGTBfobia, lo que provoca a menudo un aislamiento mayor, tanto en el caso de dos mujeres como de dos hombres. Además, las personas LGTB frecuentemente tenemos más asimilada la violencia que sufrimos puesto que, en ocasiones, ya hemos sufrido LGTBfobia en otros ámbitos de nuestra vida.

Por ello, nos encontramos en un estado de indefensión, unido a que este fenómeno aún hoy no se legisla ni se visibiliza de forma específica. Todo esto causa que la violencia intragénero siga siendo una realidad silenciada a los ojos de la sociedad, pero, desgraciadamente, muy presente en el mundo LGTB.

La psicóloga Isabel González, con casi diez años de atención específica a personas LGTB, afirma que “es necesario que personas que por su orientación sexual y/o su género sentido se sienten invisibilizadas socialmente, sin saber qué hacer ante los conflictos o violencia con sus parejas y/o ex parejas, sepan que estamos para ayudarlas”.

Desde Arcopoli han definido los tipos de violencia intragénero. Por lo que cualquier acto de los que os informamos a continuación son propicios de poder ser denunciados.

Violencia Física. Produce daño corporal o lesión a través de golpes con las manos, instrumentos o armas: empujones, patadas, puñetazos, palizas, mordeduras, quemaduras, cortes, intentos de estrangulamiento.

Violencia psicológica y verbal. Insultos, burlas, coerción, descalificaciones, críticas constantes, aislamiento emocional, control de lo que dice, incomunicación…

Violencia sexual. Imponer cualquier actividad sexual no deseada a través de intimidación o coacción o bien cuando se producen en otras situaciones de indefensión.

Violencia relacionada con el VIH+. Consiste en amenazas de contagio y de descubrir el estado seropositivo de la pareja a sus familiares y amigos, impedirle tener acceso a la medicación o a tener prácticas sexuales seguras, manipular a la víctima a través de la enfermedad, etc.

Violencia económica, a través del control de los gastos e ingresos de la víctima, hacer que la pareja dependa económicamente, negar el acceso a los recursos económicos, impedir la asistencia a clases o al trabajo. Esas o cualquier otra acción que haga que la pareja dependa económicamente o use la superioridad económica para controlar a la víctima.

Violencia digital. Ciberacoso, el sexting, controlar el móvil y las redes sociales, instalar aplicaciones de localización, amenazar por email o redes sociales, etc.

Outing interno o externo. El maltratador/a utilizaría los estereotipos sociales creados sobre los homosexuales en general para abusar de su pareja.

Amenazas para limitar la participación en la comunidad gay o desalentarlos de denunciar porque al hacerlo avergüenza a la comunidad LGTB+. La renuncia de las víctimas ¨a salir del armario”.

Las víctimas de la Violencia Intragénero, tienen derecho a solicitar justicia gratuita para ejercer la acusación particular cuando va a interponer la denuncia, derecho a los servicios de asistencia y apoyo de la Oficina de Atención a las Víctimas, así como ejercer la acción penal o civil y que se adopten medidas de protección de la víctima.

Publicidad