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El acogimiento no es adopción

El acogimiento familiar, la solución para que los niños abandonen los centros de menores

La Comunidad de Madrid, a través de su programa de Acogimiento Familiar de Urgencia, ha atendido en el 2018 a 34 menores gracias a la labor que realizan las 21 familias que forman parte de esta iniciativa, cuyo objetivo es ofrecer de manera inmediata un ambiente familiar de seguridad y afecto a niños y niñas menores de seis años que se encuentren en una situación de grave riesgo.

-Imagen de un chupete

Imagen de un chupeteAgencias

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Existen tres programas de acogimiento, el permanente, temporal y de urgencia, son las tres modalidades que recoge nuestra legislación. Según Jimena García López, jefa de área de Adopción y Acogimiento Familiar, de la Dirección General de la Familia y el Menor de la Comunidad de Madrid, “el 60% de los menores como una medida de protección están en un acogimiento familiar, el grueso más grande de menores con medida de protección, casi un 40% sería el que está en residencial, dentro de los menores en acogimiento familiar, la mayoría están con su familia extensa como nos obliga la legislación”.

El número de acogimientos en la Comunidad de Madrid que no están con sus familias biológicas son 655 menores. Para Jimena García, “las funciones de una familia acogedora son las mismas, que pueden desempeñar cualquier padre, los acogedores dan el mismo trato y educación que en otra familia, por eso se produce una integración plena”.

El acogimiento no es adopción

Los menores que están en acogimiento familiar tienen sus familias, no son menores abandonados, solo los menores abandonados son los que se promueva su adopción, o menores en muy pocos casos, donde se considera totalmente e inadecuado por circunstancias muy graves de la privación de la patria potestad de esos niñxs, aunque se sepan que están y existen sus progenitores.

Debido a la privación de esa patria y potestad se promueve su adopción, si no las mayoría de las adopciones parten de un abandono, “por suerte consideramos que es un dato bueno y en la comunidad de Madrid hay muy pocos al año”, asegura Jimena García durante la entrevista, la mayoría de los niños que están en el servicio de protección su circunstancia es que no pueden vivir con sus familiares por unas razones determinadas y es necesario protegerlos y es necesario buscar una familia donde puedan vivir, pero siempre manteniendo su familia, la jefa de área y acogimiento, de la dirección general, “tienen el derecho a relacionarse con su familia biológica, nosotros como entidad de protección tenemos la obligación de garantizárselo y poner los medios por el interés de los menores”

Acogimiento de Urgencia

Los tipos de programa es por la temporalidad, razón del tiempo de permanencia del menor en el proyecto o del menor del tiempo que se prevé que el menor este en acogimiento. “El acogimiento de urgencia se caracteriza por la inmediatez, son unas familias que están disponibles siempre cuando no tienen un menor a su cargo para que nosotros si surge una medida de separación urgente de un niño que hay que adoptarlo en 24 horas podemos llamar a esta familia cuando es un menor de 0 a 3 años”, asegura Jimena García

Acogimiento Familias LGTBI

Los perfiles son muy variados, el perfil común de todas las familias que se acercan al acogimiento es una motivación solidaria de ayuda, de querer colaborar para ayudar y mejorar la situación de un niño que crezca en una familia y ofrecer su familia para estos niños que puedan vivir en la suya tengan una familia en la que crecer, es una vocación solidaria, pero para Jimena García asegura que, “puede haber partido de un deseo inicial de ser padres, pero es necesario que cuando llegan al acogimiento entiendan es una diferencia de lo que es el acogimiento ya que hay una familia biológica”.

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