Cinco de los miembros de 'La Manada de Manresa' han sido condenados a penas de entre 10 y 12 años de cárcel por un delito de abuso sexual y no de agresión sexual. La Fiscalía entendía que existía una agresión sexual, ya que consideraba que se intimidó a la víctima.
El magistrado Joaquim Bosch ha explicado en Más Vale Tarde cuáles son los escollos legales que han hecho que la Audiencia de Barcelona dicte dicha sentencia.
Se trataba de una menor, inconsciente, que no puso resistencia porque no se encontraba en modo de hacerlo. Por lo que, a juicio del magistrado "se ha producido una contradicción entre lo que entiende la sociedad como violación y cómo se registra el delito".
El concepto de este delito que existe por parte de los tribunales. "La gente en la calle entiende que una violación es una penetración sexual a una persona, siendo irrelevante que esté despierta o privada de sentido", ha explicado, matizando que dicha visión es también a su juicio "correcta".
Sin embargo, el Código Penal dice que una violación es otra cosa: "Dice que el acceso carnal sin consentimiento tiene que producirse con violencia o intimidación, entendiendo como violencia golpear a la víctima o intimidarla amenazándola con un cuchillo o una pistola".
"El Código Penal dice literalmente que cuando se accede carnalmente a una persona que carece de sentido eso es un abuso sexual", ha apuntado, por ello, "habría que reformar cuanto antes el Código Penal para que violación sea cualquier tipo de acceso carnal sin consentimiento".
Además, Bosch ha señalado que el propio concepto de 'abuso sexual' tiene aspectos problemáticos: "Abusar es usar inadecuadamente. Ya se parte de la idea terminológica de que las mujeres están para ser usadas. Creo que es un término que no es demasiado correcto por lo que significa. Por otro lado, no podemos olvidar que la visión de la sociedad sobre la idea de abuso sexual es una conducta más vinculada a tocamientos, mientras que la violación supone acceder más carnalmente a una persona sin consentimiento".
El magistrado ha asegurado que "los nombres sí son importantes": "Las leyes también tiene una función pedagógica y si una conducta como la de Manresa se considera un abuso, parece que no hay gravedad".
Bosch ha explicado que ve "dificultades jurídicas para que la sentencia sea modificada". "Hay una diferencia muy importante con el caso de La Manada", sobre la que el magistrado "estaba convencido de que el Tribunal Supremo acabaría condenado los hechos como violación".
La diferencia es que "la víctima no estaba privada de sentido" y que, "había una intimidación ambiental, porque de forma coactiva cinco hombres habían obligado a mantener relaciones a la víctima".
Esta situación es distinta, porque "se ajusta de manera literal a lo que dice la ley": "No hay margen interpretativo como lo había en la sentencia a 'La Manada', por eso será realmente difícil que haya una revocación en estados superiores", ha sentenciado el magistrado, que ha considerado que "la única posibilidad es reformar el Código Penal cuanto antes".
A pesar de ello, la pena es la superior dentro del rango de abuso sexual por varios factores que agravan la conducta: "El primero es que es una menor que tiene 14 años y el segundo que es grupal".
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