El Tribunal Supremo ha avalado la rebaja de penas por la aplicación de la ley del 'solo sí es sí', una decisión que supone un varapalo, sobre todo, para las víctimas, que reclamarán una indemnización al Estado por daños morales.
Llama la atención que en 27 de los 29 casos que han estudiado ha habido unanimidad, en un órgano con jueces conservadores y progresistas. En solo un caso ha habido división, pero había mayoría.
La reacción de la ministra Irene Montero a través de Twitter es una obviedad manifiesta, ya que habla del "criterio unánime" de la Fiscalía, algo que viene recogido en el Estatuto Orgánico del ministerio fiscal, concretamente en su artículo 2.1, que dice: "El Ministerio Fiscal es un órgano de relevancia constitucional con personalidad jurídica propia, (...) conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica (...).". Es decir, el Fiscal General del Estado impone el criterio y los demás tienen que seguirlo.
Sí que han mantenido el criterio de la Fiscalía en las penas accesorias, en cuanto a la patria potestad y a la custodia de los menores. Es decir, a quienes se les haya rebajado la pena no se les concederán estos derechos.
El número de excarcelaciones hasta ahora, según datos del Consejo General del Poder Judicial, ha sido de 108, con 1.079 rebajas de condenas. Son cifras oficiales a 1 de mayo de 2023. Ahora que el Supremo se ha pronunciado, podría haber más revisiones, como el caso de 'La Manada'.
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¿Se puede recurrir? Podría hacerse ante el Constitucional o al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, pero parece complicado que aprecien una vulneración de derechos, como explica el experto en tribunales de laSexta, Alfonso Pérez Medina.
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