Ahora Bruselas viene a proponer lo mismo con un objetivo: que los empresarios pierdan el miedo a contratar. Y para que pierdan ese miedo a contratar, lo que sugieren son contratos que no diferencien tanto a un trabajador temporal de un indefinido. Lo que temen obviamente los sindicatos es que el rasero sea por lo bajo, entre otras cosas.

Pero vamos con más cosas que caracterizan a ese contrato único y abierto. El despido. Libertad total para el empresario a la hora de despedir a uno de sus trabajadores. Esto le quita de un plumazo la posibilidad de acudir a juicio, salvo ocasiones muy puntuales y es cuando se vulneren derechos fundamentales. Es decir, cuando despidan por razones de sexo, raza, por creencias religiosas o políticas.

La libertad de los empresarios sería tal que incluso podrían hacer ERES, expedientes de regulación de empleos sin necesidad de tener el visto bueno del Ministerio.

Las indemnizaciones no serían únicas, en este caso, sino progresivas en función de la antigüedad en la empresa. Partiendo de dos días de salario por año y llegando, en cualquier caso, a un máximo de 25 o 30 días por año trabajado. La Fundación FEDEA proponía un mínimo de entre 8 y 12 días por año trabajado.

Entre otras cosas, hay algo que no casa con nuestra normativa sobre trabajo. La libertad total del empresario para despedir vulneraría el convenio 158 de la organización internacional del trabajo.