La nueva Ley hipotecaria entra en vigor desde hoy. Hay cambios, cambios importantes aunque no los suficientes para la plataforma de Afectados por la hipoteca. Para empezar, cambia el número de impagos a partir de los cuales el banco puede iniciar la ejecución. Antes era a partir de un impago, ahora es a partir del tercero.
Habrá un paréntesis para las ejecuciones de desahucios. Es la medida estrella. Una tregua de dos años, pero no para todo el mundo: solamente para los colectivos más vulnerables. Eso significa que se van a pedir muchos requisitos para formar parte de ese colectivo, entre ellos no superar el límite de renta de 19.000 euros anuales.
Hay un punto interesante dentro de la nueva ley: los intereses de demora, lo que se paga por no hacer frente a las letras puntualmente. Ahora mismo, esos intereses no tenían ningún tipo de regulación y podían llegar incluso al 30%. A partir de hoy, el límite lo marcará el precio del dinero. No podrá superar en tres veces ese valor. Eso sitúa hoy los intereses de demora en el 12%.
Más cosas. Las famosas cláusulas abusivas. A partir de hoy un desahucio podrá pararse siempre y cuando se considere que viene dado por las cláusulas abusivas que haya establecido el banco. Lo decidirá el juez y después de su decisión, ya ejecutarán los bancos.
Por otra parte, en la redacción de las cláusulas de la hipoteca se va a pedir que se informe pormenorizadamente de cada una de las condiciones a la persona que vaya a pedir una hipoteca. Y entre otras medidas, se abre la posibilidad de perdonar un 2% de deuda si la persona a la que desahucian enseña la vivienda a posibles compradores aún mientras esté viviendo en ella.
Una vez subastada, si no hay otro comprador y se la queda banco, esa entidad financiera no podrá adjudicarse la vivienda por menos del 70% de la valor de la casa. Esto quiere decir que al menos la mitad del precio original de la vivienda lo cubriría el banco. Actualmente ese límite no existía. Otra novedad es que si el banco obtiene una plusvalía por la venta de un piso embargado, deberá rebajar la deuda al deudor.
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