Cuidar de las hijas y de la casa mientras el marido viaja por trabajo debe ser compensado en caso de divorcio. Así lo dicta el Supremo para la clienta de una abogada de Zaragoza: "Ha dedicado su vida al cuidado de las hijas y ha perdido oportunidades de promoción en Barcelona".
El Supremo rechaza el recurso que presentó el exmarido contra la sentencia de la Audiencia de Zaragoza. Deberá indemnizar a su exmujer con casi 46.000 euros por este concepto: "Compensación económica por razón del trabajo para la casa".
Su clienta trabajaba de funcionaria y a la vez se encargó durante 20 años de sus dos hijas mientras su marido trabajaba en otra ciudad casi toda la semana. Para calcular los 46.000 euros de indemnización se ha tenido en cuenta que el patrimonio del exmarido supera en 180.000 euros al de la mujer.
Su clienta se divorció en 2015 cuando sus hijas ya tenían 20 años. Una decisión aplaudida desde colectivos de mujeres que creen que puede sentar precedente. El matrimonio residió primero en Cataluña por lo que se ha tenido en cuenta la legislación de esta comunidad, la única en España que regula la compensación por el trabajo en el hogar en caso de divorcio con separación de bienes.
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