La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a tres meses de cárcel y a una multa de 100 euros a un hombre acusado de proferir insultos y amenazas a una pareja por su condición sexual delante de su hija.

La Sala ha condenado al acusado de un delito contra los derechos fundamentales, con la atenuante de dilaciones indebidas y amenazas leves. En cambio, le absuelve de un delito de amenazas graves al considerar que dicho tipo penal no está acreditado conforme al testimonio ofrecido por las víctimas.

En el juicio, el fiscal solicitó una condena de dos años de cárcel, mientras que las víctimas no ejercieron acusación.

Tal y como especificaron las víctimas durante el juicio, el violento episodios se produjo en octubre de 2017. La pareja se encontraba junto a su hija en un supermercado cuando el acusado, vecino de su mismo edificio, les insultó por su condición sexual y las amenazó.

Por su parte, el acusado reconoció los insultos pero no las amenazas. Explicó además que el incidente se produjo a raíz de que las mujeres le llamaran la atención después de que escupiera antes de entrar en un supermercado. También, según su relato, la hija de las denunciantes se le cruzó y una de ellas la apartó llamándole asqueroso.

La versión de las afectadas es que el joven les escupió a los pies "de sopetón" sin venir a cuento. En un momento, su hija se despistó y una de ellas comentó a la niña que no se acercara al hombre. "Empezó a gritarnos y a decir barbaridades y obscenidades delante de la niña. Nos sentimos denigradas y atemorizadas por este señor", afirmó una de las afectadas.

Os vais a cagar, soy más macho que cualquiera"

Entre los insultos, el hombre les habría dicho: "Hija de puta, déjate de cambiar el corte de pelo que ya sabemos todos lo que eres, que sí, que eres una hija de puta, lesbiana de mierda y sal fuera que te vas a enterar".

A esto se añaden las amenazas: "Sé dónde vivís, os espero a la salida para que os enteréis, sino ya os pillaré en el portal, os vais a cagar, soy más macho que cualquiera". Ello motivó que llamaran a la Policía "al sentirse atemorizadas por la naturaleza de las expresiones".

El fiscal consideró que este tipo de conductas no deben quedar impunes y están amparadas en el artículo 510 del Código Penal, que regula los delitos de odio.