El Tribunal Supremo de Italia ha dado la razón a Juana Rivas, la vecina de Maracena (Granada) que fue condenada en España por sustracción de menores, y ha ordenado repetir el juicio civil sobre la custodia de los dos hijos con Francesco Arcuri. El alto tribunal entiende que al separarlos se vulneraron el interés superior de los menores y varios convenios internacionales. El equipo jurídico español de Rivas, que dirigen los abogados Carlos Aránguez, Juan de Dios Ramírez y Francisca Granados, ha avanzado en un comunicado el fallo de la corte de Casación del Tribunal Supremo italiano y ha destacado que el nuevo pronunciamiento estima todos los extremos del recurso.
"Tras acoger en todos sus términos el recurso, (el Tribunal Supremo italiano) acaba de anular la sentencia de la Corte de Apelación de Cagliari que, separando a los dos hermanos, le negó la custodia de su hijo menor, el cual sigue viviendo con su padre, Francesco Arcuri, en Italia", se recoge en ese comunicado, en el que además recuerdan que "la custodia de su hijo mayor había sido concedida a la madre de forma definitiva en marzo de 2023 y vive ya con ella desde junio de 2022". Según lo comunicado por la defensa de Rivas, en la sentencia se resalta "la inaplicación de normas internacionales básicas, como son, entre otras, el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica".
Asimismo, remitiéndose, según el equipo jurídico de Rivas, a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la sentencia de casación "insiste en una idea fundamental: que, en el proceso llevado a cabo en la Corte de Apelación de Cagliari, ha faltado un análisis en profundidad sobre el interés superior de los niños, que representa el criterio fundamental sobre el que se ha de basar toda decisión sobre la custodia". Además, destacan que otra consideración clave del Supremo italiano a la hora de tomar esta decisión reside en "la violación que se realiza de un principio básico, como es el de no separación de los hermanos".
Esto es, como detalla la defensa de la madre, "al haber dispuesto la custodia de un hijo a la madre, en España, y otro al padre, en Italia, además de establecer que la madre y el resto de la familia materna sólo podían ver al menor en el territorio italiano, en concreto, en Cerdeña". Finalmente, en el mencionado comunicado se califica de "fundamental resaltar que junto a la vía civil, a la que responde la sentencia de casación, existe en Italia un procedimiento penal abierto contra Francesco Arcuri, por maltrato habitual, físico y psicológico hacia sus hijos".