El Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJM) ha emitido una sentencia en la que declara improcedente el cese disciplinario de un empleado por "consumo desmesurado y reiterado de grandes cantidades de alcohol en horario laboral". Según avanza 'El Confidencial' y ha podido confirmar laSexta, el trabajador denunciado llegaba a ingerir hasta tres litros de cerveza en un día.
Los hechos ocurrieron en septiembre de 2021, con una carta que la empresa remitió al trabajador, que ejercía como electricista, en la que le comunicaban el despido. La empresa le acusaba de "embriaguez habitual o toxicomanía" en el trabajo, llegando a contratar a un detective privado para seguirle.
El tribunal rechaza que este hecho sea lo suficientemente grave como para motivar una expulsión de la empresa, obligándola a readmitirle o a pagarle una indemnización de más de 47.000 euros. Ven improcedente el cese, dando varios argumentos como que la empresa no acreditó que el hombre estuviera "ebrio, embragado o borracho".
"No queda constatado ni acreditado, siquiera de forma indiciaria, que tuviera sus facultades físicas o mentales mermadas o disminuidas para ejercer las funciones de electricista o estuviera impedido para conducir la furgoneta de la empresa al finalizar su jornada", agregan.
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Además, no creen que hubiese un "perjuicio grave para la empresa", sin serle reprochado al empleado su desempeño en el trabajo.
Con algún 'pero'
La Justicia ratifica que llamar "gilipollas" a un jefe no es motivo de despido
Así lo ha ratificado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Eso sí, enfatiza que el insulto debe ser "concreto y aislado" en un contexto determinado, como el caso de un empleado al que le pidieron que se quedara a una reunión al terminar su turno.