A todos los contribuyentes que no hayan realizado aún la declaración de la renta les va a pillar el toro, pues el plazo para presentar el borrador del trámite de la Agencia Estatal de Administración Tributaria tiene los días contados.

De hecho, el plazo para presentar la declaración correspondiente a los ingresos obtenidos en 2021 lleva abierto desde el pasado 6 de abril. Dos meses más tarde, todavía se puede realizar el trámite pero, no por mucho tiempo.

¿Hasta cuándo se puede presentar el borrador de la declaración?

Como se ha señalado anteriormente, la declaración de la Renta al ente de Derecho público tiene unas fechas límites. Eso sí, no son las mismas para todos los contribuyentes ya que dependen del medio por el que se realice.

De este modo, los ciudadanos que deseen presentar el trámite a través de internet, lo podrán entregar hasta el 30 de junio. Esta es la misma fecha tope para las personas que lo hagan por teléfono y presencial en las oficinas de Agencia Estatal de Administración Tributaria. Sin embargo, los ciudadanos que presenten las declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación bancaria deberán hacerlo tres días antes, es decir, hasta el lunes 27 de junio.

¿Qué pasa si se me pasa el plazo de la declaración de la renta?

Habemus multa. Así es, si se entrega la declaración de la renta fuera de plazo el contribuyente será sancionado por Hacienda, tal y como establece el artículo 27 de la Ley General Tributaria.

El importe e la misma dependerá de varios factores: el resultado de la declaración, de si es el contribuyente el que declara el error y del tiempo que haya pasado desde el final de plazo. En este sentido, suelen oscilar entre los 100 y los 400 euros.