El consumo de pan ha disminuido notablemente en pocas generaciones: mientras que si subimos dos escalones en el árbol genealógico encontrábamos familiares que consumían 134 kilos de pan al año, ahora cada habitante ronda los 31 kilos.
Pero, a pesar de la decaída del alimento, continúa siendo fundamental en la dieta mediterránea. Por ello, el próximo 1 de julio el pan dejará de ser el mismo: una nueva norma impulsada por la Unión Europea regulará su nomenclatura.
Para que pueda seguir llevando el apellido 'integral', el pan deberá tener harina de dicha variedad, trigo y cebada malteada. Además, encontraremos en él un cambio significativo: el precio. Pasará a la categoría de 'pan común' y con ello, a estar afectado por el 4% de IVA en lugar del 10%.
Con la entrada en vigor el próximo 1 de julio del Real Decreto 308/2019 sobre calidad para el pan se amplía la definición de pan común, lo que aplica el IVA reducido del 4% que ya tenía el pan normal a otros tipos de panes más beneficiosos para la salud, como los panes integrales, los de cereales distintos al trigo y los elaborados con salvado, que hasta ahora soportaban una tributación del 10%.
También se incorpora un límite máximo en el contenido de sal del 'pan común para fomentar una alimentación saludable y se ordena la elaboración artesana del pan, definiéndola como un proceso donde prima el factor humano sobre el mecánico y su producción no se realiza en grandes series.
Primera declaración ante el juez
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