Según la calificación de la Fiscalía de álava los hechos comenzaron en 1994 cuando la víctima tenía seis años. A partir de esa fecha y hasta 2001, cuando la niña tenía 13 años, su padre "de forma habitual y reiterada" le hizo tocamientos, la violó, la obligó a practicar sexo oral y la agredió para lograr que accediera a mantener relaciones sexuales con él.

Además, la amenazaba para que no contara nada de lo que le hacía. Cuando la víctima tenía 17 años su padre la echó de casa y dos años más tarde, en 2006, la chica se fue a vivir a la vivienda donde residía su abuela paterna y sus tres tíos, en el casco viejo de Vitoria.

Durante siete años, hasta noviembre de 2013, la joven sufrió por parte de su abuela un trato "absolutamente vejatorio", según el fiscal. La abuela se dirigía a ella con expresiones como "hija de puta" y "puta ladrona, eres igual que tu madre", además de increparla con frases como "te quieres follar a mis hijos".

La procesada "esclavizaba" a su nieta al obligarla a hacer los recados de toda la familia y las tareas domésticas, le privaba de comida o de productos básicos de higiene, le tiraba su ropa al váter y mantenía un control férreo sobre ella, además de agredirla habitualmente con tirones de pelo, puñetazos, arañazos, patadas y pinchándole los glúteos con una aguja de coser.

Uno de sus tíos, que dormía con ella en la misma habitación, le hacía tocamientos hasta tal punto que durante los siete años que vivió en esa casa "se despertaba prácticamente todas las noches" debido a los abusos sexuales que padecía, asegura el fiscal. Otro de los tíos aprovechaba las salidas del resto de la familia para abusar también de ella y el tercero la agredía e insultaba de forma habitual, aunque no consta que abusara de ella sexualmente.

La Fiscalía, que señala que la víctima nunca recibió atención médica tras las agresiones. Pide 18 años de cárcel para el padre, 16 años para uno de los tíos, 13 para otro y seis años tanto para la abuela como para el tío que la maltrató y lesionó pero no abusó de ella. Además, exige que ninguno de los procesados pueda acercarse a menos de 500 metros de la víctima durante diez años y que la indemnicen con 100.000 euros por los daños morales causados, importe que se sumará a la cantidad que se determine en el juicio una vez que se conozca el informe forense sobre las lesiones psíquicas padecidas.