Las multas vuelven al centro de Madrid. A partir de este sábado 11 de diciembre, el Ayuntamiento de Madrid volverá a imponer multas a los vehículos contaminantes que accedan a zonas restringidas. Durante los últimos dos meses, se ha notificado las infracciones a los conductores pero sin llegar a cobrar multas.
De esta manera, termina el periodo de prueba de Madrid Distrito Centro, la Zona de Bajas Emisiones que sustituye a Madrid Central. Una ordenanza que entró en vigor el pasado 22 de septiembre.
Así, desde el 11 de diciembre las cámaras que graban a los vehículos que acceden a esta zona multarán a aquellos conductores que se salten la normativa.
Los vehículos que no pueden acceder son los que cuentan con una la clasificación ambiental A, es decir, los que no tienen el distintivo (la pegatina) ambiental de la DGT. Son los motor diésel matriculado antes del año 2006 o gasolina, anterior al 2000.
Tampoco podrán acceder al Distrito Centro los vehículos con clasificación ambiental B y C. Aunque sí podrán entrar si van directos a un aparcamiento público o privado de la Zona de Bajas Emisiones.
Por el contrario, podrán circular libremente los que cuenten con un distintivo Eco y Cero.
La multa será la de una infracción leve de tráfico, de 90 euros, o de 45 si se paga en un plazo de 20 días naturales.
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Las zonas afectadas, las mismas que en Madrid Central
El perímetro afectado por las restricciones, la denominada Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) de Madrid Distrito Centro, es la misma que la de Madrid Central. Afecta a Palacio, Embajadores, Cortes, Justicia, Universidad y Sol.
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