Un guardia civil ha sido condenado a pagar 3.000 euros por haber disparado con su pistola reglamentaria contra las casas de sus vecinos en el barrio de Tetuán, Madrid. Los hechos se remontan al 24 de octubre de 2014 cuando Jon Baptiste, bajo los efectos del acohol, impactaron hasta cinco proyectiles en las fachadas de las viviendas de sus vecinos. La Audiencia de Madrid ha decidido finalmente absolverle dela pena de cárcel que solicitaba la Fiscalía por un delito de homicidio en grado de tentativa.

En su sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, el tribunal le impone una multa de 3.000 euros por un delito continuado de daños con la circunstancia atenuante de alteración psíquica, dado que el agente "sufría un síndrome de dependencia al alcohol que afectaba de manera grave su capacidad de conocer y querer". Él mismo reconoció este hecho en el juicio, donde además alegó que sus actos fueron provocados por haber tomado más dosis de antidepresivos de lo habitual, mezclados con alcohol.

"Raro", "confuso" o "aturdido" fueron algunos de los adjetivos empleados para describirle por los agentes de Policía que le vieron poco después de los disparos. Uno de ellos llegó a decir que "no estaba en sus cabales" e incluso un perito, que le había comenzado a tratar un mes antes de que tuvieran lugar los hechos, le diagnosticó un "trastorno de ideas delirantes".

Baptiste, que no podrá portar armas hasta dentro de 8 años, explicó al tribunal que en aquel momento estaba de baja por una dolencia en un hombro y que se encontraba en tratamiento psicológico a raíz de formar parte de una unidad antiterrorista en el País Vasco entre 2001 y 2004. También alegó no recordar nada de lo que ocurrió ese día, cuando sacó su pistola reglamentaria por la ventana y comenzó a disparar "de manera indiscriminada" a las casas de sus vecinos.

Aunque alguno se encontraba en casa, por suerte ninguno resultó herido pese a que algunas balas impactaron en las ventanas de viviendas cercanas e incluso una de ellas llegó a incrustarse en la puerta del salón de un vecino. Según la Sala, esta actuación no se enmarca en un delito de homicidio en grado de tentativa porque los disparos de Jon Baptiste "no afectaron a ninguna persona" puesto que "nadie se encontraba en la trayectoria" de los mismos, "ni en las habitaciones o estancias donde se recibieron los tiros".

Por eso, solo le condena por los daños que ocasionaron sus disparos a las viviendas, teniendo que indemnizar además un total de 4.121,66 euros a una de sus vecinas y a dos compañías de seguros.