La Audiencia Provincial de Sevilla ha rechazado el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía en el que solicitaba que se modificase la sentencia dictada contra el miembro de 'La Manada' Ángel Boza en noviembre de 2018, que condenaba por un delito leve de lesiones y otro de hurto por haberse apoderado de unas gafas de sol, para que se le condenase en su lugar por robo con violencia.

El Ministerio Público consideraba que los hechos por los que fue condenado son constitutivos de la segunda tipología delictiva, para la que el Código Penal recoge una pena de entre dos años y medio y cinco años de cárcel.

La sentencia contra Ángel Boza de noviembre de 2018, en cambio, dejó en libertad al joven, a quien se le impusieron dos multas de tres meses, con una cuota diaria de seis euros. Asimismo, se le condenó a indemnizar al vigilante de seguridad agredido con 234 euros por las lesiones ocasionadas.

Dicha sentencia, sin embargo, le absolvía del delito de robo con violencia e intimidación por el que venía siendo acusado por la Fiscalía y la acusación particular, y se acordaba su inmediata puesta en libertad, anulando la medida de prisión provisional en la que se encontraba desde agosto de 2018.

El recurso de la Fiscalía, ahora rechazado, para que se le condenase por robo con violencia había sido impugnado por el abogado del acusado, Agustín Martínez, que anunció que solicitarían una indemnización por los cuatro meses que pasó su cliente en prisión preventiva por esta causa.

Rechazo del recurso

En este nuevo fallo, la Audiencia acepta los hechos declarados como probados por el Juzgado de lo Penal el año pasado, que consideró cierto que el miembro de 'La Manada' entró en un centro comercial sevillano para dirigirse al departamento de óptica donde, "con la intención de hacerlas suyas, sin abonar su importe, tras quitarles el mecanismo de alarma", se apoderó de unas gafas de sol cuyo precio de venta al público era de 148 euros.

Tras esto, se dirigió al aparcamiento, para subirse a su vehículo y conducirlo hacia la salida, donde un miembro del personal de seguridad, que había sido informado por el vigilante de la sala de monitores de la sustracción de las gafas, aparece por su izquierda y "corre tras el vehículo", en su persecución.

La Sala de lo Penal consideró asimismo probado que el acusado, al salir del aparcamiento "da un volantazo para huir por la izquierda, obligando al vigilante de seguridad a apartarse para no ser atropellado, golpeándole con el espejo retrovisor exterior, resultando en las lesiones consistentes en contusión a nivel de pared abdominal derecha con hematoma subyacente".

Así, Boza logró escapar, siendo interceptado poco después por agentes de la Policía Local que "le intervinieron las gafas sustraídas sin daño alguno".

La Audiencia indica que, aunque la Sala "no discute" que el apelado ejerciera violencia sobre las personas, debe tener en cuenta el hecho de que en ese momento ya tuviera las gafas en su poder para determinar si "lo que comenzó ejecutándose con una dinámica propia de un apoderamiento no violento" se convirtió en un robo con violencia.

En este sentido, concluye que "tiene razón" el juez de lo Penal "cuando niega influencia causal a la posterior violencia e intimidación, aunque hubieran transcurrido apenas un minuto y medio desde la salida del centro comercial y el momento en que el acusado se subió a su vehículo estacionado en el parking subterráneo en comunicación con los almacenes comerciales".

De esta manera, para la Sala el episodio violento ocurrido contra un vigilante de seguridad "ninguna influencia tuvo en el proceso apoderativo" puesto que las gafas sustraídas ya "habían salido del ámbito de custodia de su titular y el acusado tenía posibilidad de disposición sobre ellas".

Por su parte, Martínez ha celebrado que la sentencia les diera "la razón" a la hora de calificar los hechos acaecidos. En este sentido, el abogado de la defensa ha señalado que esta sentencia "implícitamente" supone el reconocimiento de que su cliente "estuvo injustamente privado de libertad cuatro meses por una decisión injusta del juzgado de instrucción, apoyada incomprensiblemente por la Fiscalía".

"Yo me pregunto si hubiera sido este el comportamiento de ambos de no tratarse de un miembro de 'La Manada'", ha apostillado el letrado.