Un jurado popular de la Audiencia de Barcelona ha declarado culpable por unanimidad a Aitor G.P. de haber asesinado a Janet Jumillas el 13 de marzo en 2019 en Cornellà de Llobregat (Barcelona), cuyo cadáver apareció dos meses después en un solar de la vecina localidad de El Prat.

El jurado ha considerado probado que Aitor G.P. citó a Jumillas en su propio domicilio, en Cornellà, la mañana del día 13 de marzo de 2019 con la intención de matarla de forma sorpresiva valiéndose de una o varias armas blancas.

La magistrada-presidenta del tribunal del jurado deberá ahora dictar sentencia contra Aitor G.P., para la que Fiscalía pide 19 años de prisión, seis menos que la acusación particular ejercida por la familia de Jumillas, que solicita 25.

La defensa de Aitor G.P., que solicitaba la absolución o alternativamente una condena por homicidio, ha pedido tras conocerse el veredicto que se aplique al acusado la pena mínima de 15 años por asesinato que prevé el Código Penal y que se le conceda una atenuante por dilaciones indebidas.

El jurado ha avalado que Aitor G.P. es responsable de la muerte con alevosía de Jumillas en base a varios informes periciales y testificales, y ha señalado como no probada por unanimidad la versión del acusado, que culpaba a dos supuestos desconocidos de la desaparición y el asesinato de la víctima.

El tribunal popular también ha manifestado que el autor del crimen atacó a la víctima de forma sorpresiva por la espalda, de forma que Jumillas "no podía prever el ataque", basándose en las pocas heridas defensivas que tenía en las manos.

El jurado ha señalado que el cadáver fue hallado en un descampado de El Prat mientras un operario realizaba trabajos de limpieza, que no estaba enterrado, sino "cubierto con maleza y en lonas de plástico", en base a la testifical de la persona que encontró el cuerpo y el informe médico-forense, en una zona cercana a otra frecuentada por el acusado.

Desestiman el atenuante por drogadicción

En cuanto a la atenuante por drogadicción que pedía la defensa en caso de ser condenado, el tribunal popular la ha desestimado por unanimidad, al considerar que Aitor G.P. no tenía sus capacidades volitivas e intelectivas afectadas pese a ser consumidor de cannabis, a partir de los informes psiquiátricos y médico-forenses.

Los miembros del jurado tampoco han dado por bueno que Aitor G.P. atacara a Jumillas por un arrebato, en base a atenuante solicitada por la defensa en caso de que Aitor G.P. fuera condenado, puesto que han señalado por unanimidad que no hay ninguna prueba que avale esta tesis.

En cuanto a una potencial suspensión de la pena o la concesión de un indulto para el acusado, el tribunal popular se ha posicionado desfavorablemente.