Desde el 15 de agosto
Esto es todo lo que tienes que saber sobre la huelga de Ryanair: fechas, cómo reclamar, indemnizaciones...
La huelga, convocada por UGT desde el 15 de agosto, afecta al personal de tierra de Ryanair, gestionado por la empresa Azul Handling. Los paros se concentran en los días del puente de agosto pero siguen el resto del año.

Sin acuerdo entre empleador y trabajadores, la huelga de Ryanair para el puente del 15 de agosto continúa. La Unión General de Trabajadoras y Trabajadores (UGT) convocó, a principios de mes, una serie de paros que arrancan en uno de los momentos clave en las vacaciones de millones de españoles y que se prevé que se extiendan, si no se alcanza algún pacto, hasta final de año.
Los llamados a la huelga son los trabajadores de Azul Handling, la compañía que gestiona las operaciones en tierra de la aerolínea low cost, que denuncian la precarización y presión que se ejerce sobre la plantilla y demandan mejoras laborales. Mientras tanto, la aerolínea irlandesa asegura que "no prevé ninguna interrupción en sus operaciones como consecuencia de las huelgas de personal de asistencia en tierra". Habrá que ver si realmente se ven interrumpidos o no los servicios de Ryanair a partir del 15 de agosto pero, ante la posibilidad de que sí ocurra, lo mejor es estar preparado y tener toda la información disponible.
¿En qué aeropuertos hay huelga de Ryanair?
Azul Handling presta servicios en tierra para Ryanair de diferentes aeropuertos, por lo que los que se verán afectados por la huelga desde el 15 de agosto son los aeropuertos de:
- Alicante
- Barcelona
- Girona
- Ibiza
- Lanzarote
- Madrid
- Málaga
- Palma de Mallorca
- Santiago de Compostela
- Sevilla
- Tenerife Sur
- Valencia
¿Cuándo está convocada la huelga de Ryanair?
- Viernes (festivo) 15 de agosto, de 5:00h a 9:00h, de 12:00h a 15:00h y de 21:00h a 23:59h
- Sábado 16 de agosto, de 5:00h a 9:00h, de 12:00h a 15:00h y de 21:00h a 23:59h
- Domingo 17 de agosto, de 5:00h a 9:00h, de 12:00h a 15:00h y de 21:00h a 23:59h
A partir de este puente, la huelga del personal de tierra de Ryanair está convocada para todos los miércoles, viernes, sábados y domingos del año, hasta el 31 de diciembre (por ahora).
Derecho de los viajeros durante la huelga de Ryanair
Según explican desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), si tu vuelo de Ryanair es cancelado durante esta huelga tienes derecho a "una compensación automática", si bien esto no descarta que puedas solicitar otras indemnizaciones o puedas interponer reclamación por daños individuales, siempre que se puedan demostrar.
→ Si cancelan tu vuelo con más de 14 días de previsión: Ryanair estará obligada a reembolsarte el importe del billete.
→ Si cancelan tu vuelo con más de 7 y menos de 14 días de preaviso: tienes derecho a una indemnización automática si no te ofrecen transporte alternativa que te permita llegar, con un máximo de cuatro horas de retraso, a tu destino.
→ Si cancelan tu vuelo con menos de 7 días de antelación: tienes derecho a una indemnización automática, siempre que no te ofrezcan un medio de transporte alternativo que te permita llegar a destino con un máximo de dos horas de retraso.
La OCU señala que las compensaciones automáticas, en función de vuelo y destino, son las siguientes:
- 250 euros: para vuelos de hasta 1.500 kilómetros de distancia
- 125 euros: para vuelos de hasta 1.500 kilómetros de distancia si te ofrecen viajar con una demora de no más de dos horas
- 400 euros: para vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los vuelos entre 1.500 y 3.500 kilómetros de distancia
- 200 euros: para vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los vuelos entre 1.500 y 3.500 kilómetros de distancia, si te ofrecen viajar con un retraso de no más de tres horas
- 600 euros: para vuelos de más de 3.500 kilómetros de distancia
- 300 euros: para vuelos de más de 3.500 kilómetros de distancia si te ofrecen un viaje para llegar a tu destino no más de cuatro horas tarde
¿Qué pasa si Ryanair dice que no quiere compensar?
Existe una 'excepción' a la que se acogen muchas aerolíneas para no pagar indemnizaciones o compensaciones en caso de retrasos o cancelación de vuelos: las causas de fuerza mayor. La ley comunitaria permite que en determinados casos, las compañías aéreas puedan acogerse a esta excepción para no compensar a los viajeros, pero esos casos han de ser de fuerza mayor: condiciones meteorológicas o riesgos para la seguridad, por ejemplo.
"Una huelga anunciada y confirmada no es causa de fuerza mayor", explican desde la OCU, que señala que "su gestación es de dominio público", por lo que la aerolínea ha de "tomar medidas para paliar las previsibles molestias a los viajeros". "Y el Tribunal Superior de Justicia Europeo dejó claro hace unos años que una huelga sea legal o ilegal (huelga salvaje) no es causa extraordinaria", recuerdan desde la organización, en relación a una sentencia del TJUE de abril de 2018 que dicta que una 'huelga salvaje' de personal "no constituye una 'circunstancia extraordinaria' que permita a la compañía aérea liberarse de la obligación de indemnización en caso de cancelación o de gran retraso de un vuelo".