El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 21 años de prisión impuesta al criminal serbio Norbert Feher, alias 'Igor el Ruso', como autor de los intentos de homicidio de dos personas en una casa de campo de Albalate (Teruel), unos días antes de matar a dos guardias civiles y al ganadero José Luis Iranzo en un municipio cerca de Andorra.
Por estos hechos, que fueron desgajados del sumario central contra Feher por el triple crimen de Andorra, la Audiencia de Teruel impuso el pasado mes de enero al procesado dos penas de nueve años de prisión por las tentativas de homicidio de dos personas que le sorprendieron en una casa de campo en la que se escondía y otra de tres años por tenencia ilícita de armas, la pistola con la que disparó.
Sin embargo, esta sentencia fue recurrida por la defensa ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) al entender que se habían conculcado derechos fundamentales de su cliente en el proceso de elección de su abogado y en el supuesto deber del instructor de preguntar al letrado elegido aceptaba o no la designación hecha por el procesado.
Rechazado el pasado mes de mayo este recurso por el TSJA en una sentencia en la que se descarta la obligatoriedad de preguntar al letrado si aceptaba su designación así como la supuesta indefensión creada, la defensa planteó un recurso en los mismos términos ante el Supremo.
En su sentencia confirmatoria, el alto tribunal destaca que la Ley de Enjuiciamiento Criminal no obliga a comunicar si el letrado aceptaba o no la designación ni a remitirle las actuaciones instruidas, y rechaza que le causara indefensión por este motivo el hecho de que sólo tuviera la oportunidad el abogado de entrevistarse unos minutos antes del juicio con su cliente.
A juicio del Supremo, "es necesario que la falta de letrado de oficio solicitado haya producido al solicitante una real y efectiva situación de indefensión material, en el sentido de que su autodefensa se haya revelado insuficiente y perjudicial, impidiéndole articular una defensa adecuada".
En el caso aducido, los magistrados del TS señalan que Feher ejerció su derecho a elegir un abogado, el mismo que le representa en el triple crimen de Andorra, y añaden que en la sentencia recurrida no se dice que el acusado se viera impedido de comunicarse con su abogado ni que éste ignorase la designación, una situación que el tribunal achaca al "propio descuido" del letrado.
También destacan los magistrados, a la vista de la grabación en vídeo del juicio, que el abogado recurrente nada alegó en su informe final ante la Audiencia de Teruel sobre la supuesta indefensión causada por este motivo a su cliente, subrayando que "no cabe guardar silencio y esgrimir en la segunda instancia una indefensión que, de haberse producido, él mismo ha consentido con su pasividad".
En cuanto a la supuesta "escasa comunicación" entre abogado y cliente y la falta de información por parte de éste al acusado, "no son sino mera suposición y especulación del letrado firmante del recurso".