El Pleno del Congreso ha aprobado este jueves la tercera reforma universitaria en democracia, una ley que persigue atajar la preocupante precariedad laboral del sistema y elevar el presupuesto destinado al sistema, pasando del actual 0,7 al 1% del PIB de aquí al 2030.
La Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) ha sorteado los vetos planteados por PP, Vox y Junts per Catalunya y ha incorporado varias enmiendas durante su tramitación.
Entre ellas la referida a uno de los temas más sensibles, el de la financiación de las universidades, que ha irritado a autonomías de distinto color político ya que son ellas las competentes y en última instancia las que deben asumir el compromiso presupuestario.
El 77 % de esta financiación procede de las administraciones autonómicas, el 6 % del Estado y el resto de la captación de fondos que hacen las propias instituciones de educación superior. Así, una de las modificaciones introducidas en el texto elimina la idea de que comunidades y Estado debían acordar un plan para llegar al mencionado 1% PIB y ahora se afirma únicamente que "comparten" dicho objetivo presupuestario. La reforma será aprobada definitivamente después de su paso por el Senado.
Las claves de la reforma
- Las agencias autonómicas de evaluación refuercen sus funciones y se elimine la capacidad que el proyecto de ley otorga a la Conferencia General de Política Universitaria (Ministerio y comunidades) de establecer límites máximos de los precios públicos, de modo que solo se podrán mantener o reducir, nunca subir.
- Se garantizará que los colegios mayores adscritos a las universidades públicas no puedan segregar por sexo y, de este modo, se eviten comportamientos sexistas como los del colegio mayor Elías Ahuja, en Madrid. En la práctica ello implica perder beneficios fiscales y otras ventajas de tipo cultural y deportiva.
- Los claustros universitarios, además de aprobar los estatutos y diseñar las políticas universitarias, podrán "analizar y debatir otras temáticas de especial transcendencia” -lo que algunos interpretan como la pérdida de la neutralidad ideológica de la Universidad-.
- El fomento del idioma propio de las comunidades no se limitará a la difusión y el aprendizaje sino de "forma principal" a su uso como lengua de transmisión académica.
- Para presentarse a rector no será imprescindible ser catedrático, bastará ser personal laboral siempre que se cumplan los requisitos de tener tres sexenios de investigación, tres quinquenios docentes y cuatro años de experiencia de gestión universitaria en algún cargo unipersonal.
- Las personas sin titulación universitaria pero que acrediten experiencia laboral con nivel competencial equivalente a la formación universitaria, podrán acceder a las enseñanzas universitarias de formación permanente mediante un procedimiento de reconocimiento de la experiencia profesional.
- El Gobierno deberá presentar en el plazo de seis meses, en lugar de un año, el proyecto de ley del Estatuto del Personal Docente e Investigador (PDI).
- Se ha añadido una nueva disposición transitoria en relación a las convocatorias de los concursos para la cobertura de plazas de personal docente e investigador oficialmente publicadas antes del 31 de diciembre de 2023, de modo que estas podrán regirse ahora por la normativa vigente anterior a la LOSU.
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La Ley del ministro Joan Subirats sustituye a la Ley Orgánica de Universidades (LOU), aprobada hace 20 años por el Gobierno de José María Aznar.
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